"La Asociación Soriana para la Defensa y Estudio de la Naturaleza" (ASDEN), cuyo NIF es G42005405, declarada de Utilidad Pública por el Ministerio del Interior, con domicilio social en C/ Aguirre, 18 (Soria), y dirección a efectos de notificaciones en el Apdo. de Correos 168 42080 (Soria), en su propio nombre y derecho ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Confederación Hidrográfica del Duero comparece y como mejor en derecho proceda

EXPONE:

Que en la orden de 11 de mayo de 1988 sobre características básicas de calidad que deben ser mantenidas en corrientes de aguas superficiales cuando sean destinadas a la producción de agua potable, con sus correspondientes modificaciones posteriores se establecen en el anexo II una serie de parámetros analíticos que deben realizarse y la clasificación posterior de las aguas en función de los resultados obtenidos para dichos parámetros. Por ello ASDEN

SOLICITA:

Que se nos informe, de acuerdo con los artículos 1, 2 y 4 de la Ley 38/1995, de 12 de diciembre, sobre el derecho a la información en materia de Medio Ambiente (BOE nº 297, de 13-XII-95), de:

  • Los resultados obtenidos en los análisis realizados en el último año para los parámetros que especifica la Orden mencionada, en el azud de captación para abastecimiento de Soria capital
  • Cuál es la clasificación de dichas aguas de acuerdo con el anexo I de dicha Orden: Tipo A1, tipo A2 o tipo A3.
  • Justicia que se pide en Soria, a 4 de julio de 2001

    La Junta Directiva de ASDEN

    AL ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO