En relación con la solicitud (C 20607-SO) de aprovechamiento de 0,75 l/s de agua para abastecimiento de la localidad de Buitrago, término municipal de Fuentelsaz de Soria, según consta en el Boletín Oficial de la provincia de Soria nº 43, del 11/4/2001, la Asociación Soriana para la Defensa y Estudio de la Naturaleza (ASDEN), cuyo NIF es G42005405, declarada de utilidad pública por el Ministerio del Interior, con domicilio social en C/ Aguirre nº 18 (Soria), y dirección a efectos de notificaciones en el apartado de Correos 168 - 42080 (Soria), en su propio nombre y derecho ante el Sr. Presidente de la Confederación Hidrográfica del Duero y como mejor en derecho proceda

EXPONE:

- Que, para la concesión, debe estimarse un cálculo basado en criterios de aprovechamiento racional de un recurso escaso como es el agua, evitando su despilfarro. Todo ello de acuerdo con las consignas de la propia Confederación y el Ministerio de Medio Ambiente, que frecuentemente se pronuncian en este aspecto, aunque raramente ponen en práctica mecanismos de regulación.

- Que a pesar de los graves conflictos existentes en España que han llevado a manifestarse a 400.000 personas en Madrid y que se agravarán sin duda alguna en el futuro debido a un Plan Hidrológico Nacional que no se plantea un control de la demanda insostenible de agua, los Organismos de Cuenca y el propio Ministerio de Medio Ambiente siguen mostrándose incapaces de avanzar hacia una nueva cultura del agua.

- Que la gestión sostenible del agua debe abarcar tanto a las grandes ciudades y a la agricultura e industria como a los pueblos pequeños. Por consiguiente en el caso que nos ocupa debe exigirse como en todo consumo la instalación de un sistema que permita la medición del caudal que se extraiga, para controlar que se corresponde con el volumen concedido.

- Que del manantial La Mentirosa también se solicita la extracción de 0,46 l/seg., por parte del mismo Ayuntamiento, según consta en el mismo B.O.P. con expediente de referencia (C 20606). El mismo ayuntamiento de Fuentelsaz solicitó el pasado año 0,52 l/s procedentes de un sondeo para el abastecimiento de Pedraza, con nº de expediente CP 20545-SO. Si a todo esto se suman los numerosos sondeos de la comarca (cuya información hemos solicitado y estamos esperando) y además -y lo peor de todo-, si como nos tememos se conceden los 5 litros/seg que se pretenden solicitar para el Campo de Golf de Sepúlveda de la Sierra, ¿qué pasará con los arroyos en tiempo de sequía? Todo ello sin el más mínimo estudio hidrogeológico, ambiental o de caudales ecológicos y sin ningún control sobre las extracciones.

- El volumen solicitado es de 64.800 litros/día. Incluso suponiendo una población en verano bastante superior a la censada la cifra que se solicita es bastante superior a la que se considera necesaria con un uso racional del recurso.

- Que los mismos criterios de eficiencia en el uso de un recurso escaso deberían exigirse a cualquier abastecimiento de la cuenca. Desde luego, antes de limitar el uso de abastecimientos para consumo humano, debería de evitarse el despilfarro que suponen las concesiones para campos de golf, o regadíos de productos a menudo subvencionados o excedentarios o en tierras no declaradas de regadío. Resulta escandalosa e hipócrita la actitud de las Confederaciones Hidrográficas instando al ahorro en el uso doméstico y propiciando el derroche en concesiones para usos recreativos sin estudios ni control.

- Que debería haber criterios generales y objetivos a los que atenerse para calcular el volumen de cualquier concesión que se solicitase. Hasta ahora se trata de solicitar cualquier cantidad a ver si cuela.

- Que deberían estar ya hechos estudios hidrogeológicos rigurosos, con seguimientos de niveles piezométricos para garantizar los caudales de manantiales y arroyos en el estío, antes de hacer concesiones por encima de lo que se considera necesario para el abastecimiento humano y mucho menos para usos suntuarios o despilfarradores.

Por todo lo anteriormente expuesto ASDEN

SOLICITA:

- Que se conceda agua a razón de 250 l/persona/día, considerando la población en verano.

- Que se exija la instalación de un medidor de caudal y se controle periódicamente su consumo, particularmente en verano.

- Que se den por reproducidas estas alegaciones en el trámite de audiencia y se nos notifique la resolución recaída al efecto.

 

Justicia que se pide en Soria, a 9 de mayo de 2001.

 

La Junta Directiva de ASDEN

 

AL ILMO. Sr. PRESIDENTE DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO