SORIA: INDUSTRIA SIN CONTAMINACIÓN

Soria es una ciudad envidiada por los que la visitan por su pureza en el aire y el nítido color azul de su cielo; sin embargo hay un elemento negativo que puede empezar a cambiar esta visión si no se toman las medidas oportunas por las autoridades competentes. Me estoy refiriendo a la fábrica de tableros LOSAN sita en la carretera de Burgos y lindando con Valonsadero. Mala tarjeta de presentación para los que nos visitan penetrando por esta vía de comunicación.

                Hace ya tiempo que es habitual ver una línea color tabaco en el cielo de Soria que tiene su origen en esta industria, otros días podemos encontrarnos con una "nube" densa agarrada a la ladera de la Verguilla y que frecuentemente llega al pueblo de Golmayo, otros días, esta misma "nube" se sujeta en el pinar de Valonsadero donde se encuentra el circuito deportivo, lugar muy frecuentado por los sorianos, en verano por su densa sombra y en invierno por estar abrigado del frío viento que sopla del Urbión.               

Nadie parece haberse enterado, más en concreto, ninguna autoridad competente en la materia, que según la Ley de 5/1993 de "actividades clasificadas", corresponde al Ayuntamiento de Soria y la Junta de Castilla y León velar por los ciudadanos, y el medio ambiente en este tipo de actividades.

 

           En ningún momento pasa por mi mente el cierre de esta industria dado el grave perjuicio que ocasionaría a un numeroso grupo de familias sorianas, pero sí al hecho de exigir un funcionamiento correcto y con los medios adecuados para evitar esta contaminación. Si el exigir unos filtros y medidas adecuadas supone poner en peligro su supervivencia, habilítense créditos a largo plazo y a bajo coste o en caso extremo subvencionase, que otras cosas de mucho menos interés reciben dinero a fondo perdido y nadie se rasga las vestiduras.

 

            Nos dirán que esa "nube" no es contaminante, ante lo cual me cabe una primera reflexión: ¿Es posible y saludable para los humanos, animales o vegetales respirar dentro de esta nube?. A quien me diga que no es peligrosa le ofrezco el permanecer durante unas horas en el interior de esta "nube" y que después opine. Si no es perjudicial y por ello se autoriza, ¿se concibe esta humareda en medio del polígono industrial?; ¿qué opinarían las industrias y los trabajadores que desarrollaran su actividad en el contorno de la misma?.

 

                Ya en alguna ocasión se comentó que esta industria no afectaba al medio ambiente. ¿Podría alguien explicarme a que se debe la altísima mortandad de pinos en el límite este de dicha fábrica?. ¿Qué sistema tiene de tratamiento y eliminación de residuos, como por ejemplo las colas, materia muy abundante en este tipo de fabricación?. ¿Qué incidencia puede tener para la salud humana sobre el personal que trabaja en esta industria o los habitantes del pueblo de Golmayo?. ¿Se ha preocupado alguien de hacer un estudio de la salud de los trabajadores de esta factoría?

                ¿Acaso no constituye un peligro para el tráfico cuando la ausencia de viento concentra el humo en la carretera formándose una niebla densa y desagradable?.

                Una industria que es una auténtica tea en potencia, ¿qué medidas antiincendios tiene?, ¿qué margen de seguridad hay para sus operarios?. Recordemos que en Abril de 1993 se produjo un incendio en estas instalaciones, y según manifestó el jefe de bomberos de Soria, "tuvimos mucha suerte de que el viento soplara hacia la carretera", porque de soplar hacia el norte, el fuego en el pinar de Valonsadero habría sido inevitable. En reiteradas ocasiones ASDEN ha solicitado al Ayuntamiento de Soria un área de protección en el contorno de este monte y siempre hemos sido desatendidos. Recientemente se aprobó el Plan de Ordenación de Soria, que era el lugar idóneo para contemplarlo, y nuevamente se nos ignoró. Ojalá no tengamos que lamentarnos algún día; no obstante como aquí nadie es responsable de las catástrofes previamente anunciadas, adelante. Según los medios de comunicación, tanto el Alcalde como el Teniente-alcalde de Soria "se mostraron muy preocupados", pero parece que ya se les ha olvidado.

                Mucho empeño tiene ciertas autoridades en montar en Las Camaretas el Campus Universitario. ¿Se han paseado por esta zona cuando las condiciones climáticas condensan esta "nube" en dicho paraje?. ¿Acaso piensan traer alguna carrera vinculada al medio natural?, así tendrán elementos de juicio sobre la contaminación de la naturaleza.

                El artículo 45 de la Constitución Española nos habla del derecho de todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado, así como el deber de conservarlo, indicando que los poderes públicos velarán por su protección.

                La Ley 5/1993 de actividades clasificadas, en su artículo primero indica que "Queda sometida a dicho régimen, cualquier actividad o instalación susceptible de ocasionar molestias, alterar las condiciones de salubridad, causar daños al medio ambiente o producir riesgo para las personas o bienes". Aplicado al caso que nos ocupa, creo que no tiene desperdicio. Dicha ley concreta en su artículo 20 que la vigilancia en el cumplimiento de la misma, es competencia del Ayuntamiento de Soria y la Junta de Castilla y León. El cumplimiento de la ley es obligatorio; ¿Qué está sucediendo en este caso concreto?.

                Según el artículo 22 de la mencionada ley, las deficiencias deberán ser corregidas en un plazo no superior a seis meses. Esperemos que Sus Majestades los Reyes Magos traigan unos filtros y unas medidas correctoras adecuadas para Tableros LOSAN, todos los sorianos se lo agradeceríamos (trabajadores, vecinos de Golmayo, amantes de la naturaleza, etc.)

                Por último, y dedicado a los que sufren de mala memoria, mi solicitud del principio de este escrito consistente en mantener esta industria, pero cumpliendo la legalidad vigente y siendo respetuosa con el medio ambiente que al fin y al cabo es la base para mantener la vida dignamente sobre este planeta cada año más deteriorado.


CARTA AL DELEGADO TERRITORIAL DE SORIA

Muy señor nuestro:

 

                Ante la nube de contaminación que emana de manera constante de la fábrica de Tableros LOSAN, nos dirigimos a Vd. al objeto de que se cumplan las medidas indicadas en la ley 5/1993 de actividades clasificadas.

                En ningún momento pretendemos el cierre de dicha fábrica, por el grave perjuicio que ocasionaría a un numeroso grupo de familias sorianas.

                Solicitamos la colocación de filtros, habilitándose si fuera necesario un crédito a largo plazo y bajo costo, y en caso extremo, su total subvención, ya que esto siempre será más económico que habilitar ayudas para la creación de cualquiera otra fábrica.

                Que se tomen las medidas preventivas para evitar un incendio como el que se ocasionó en abril del año pasado y que de soplar el viento en dirección norte, habría tenido resultados catastróficos.

                Que se haga un estudio médico a fondo para analizar la incidencia que pudiera tener sobre la salud de los trabajadores de esta factoría, especialmente sobre las vías respiratorias.

                Cuando las condiciones climáticas le son favorables, esta "nube" se concentra sobre la carretera de Burgos ocasionando una niebla imprevista con posibles peligros para los vehículos que por allí circulan.

                Considérense las graves molestias que ocasiona a los vecinos de Golmayo, cuando dicha "nube" se concentra en la vaguada de la Verguilla y llega hasta dicho núcleo de población.

                La mencionada ley, en su artículo primero indica que "Queda sometida a dicho régimen, cualquier actividad o instalación susceptible de ocasionar molestias, alterar las condiciones de salubridad, causar daños al medio ambiente o producir riesgo para las personas o bienes".

                Las leyes se dan para cumplirlas y en este caso quienes están obligados a ello, según el artículo 20 de dicha ley, son el Ayuntamiento de Soria y la Junta de Castilla y León.

                Esperamos que se tomen las medidas pertinentes.


CARTA AL ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE GOLMAYO

            Adjunto se remite fotocopia del escrito mandado al Ayuntamiento de Soria y al Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León sobre la contaminación y molestias que ocasiona la fábrica de Tableros LOSAN, con el propósito de que si Vds. lo consideran oportuno remitan escritos a los citados organismos, al objeto de que se tomen las medidas oportunas para ser subsanado.                                             

                Muy señor nuestro:

               Ante las declaraciones efectuadas ante los medios de comunicación por los directores de la empresa Tableros LOSAN, consideramos pertinente hacer las siguientes consideraciones:

               Indican que la nube que emana de la fábrica está compuesta "únicamente por vapor de agua procedente de los secaderos". Consideramos que una nube formada únicamente por vapor de agua es de color muy blanco y densa y en cuanto toma contacto con la atmósfera, se diluye dispersándose en su medio natural y desaparece sin dejar ninguna estela, no causando ninguna molestia, ni de olor, ni de niebla en su contorno. Muy por el contrario, la que se ve de manera permanente en este lugar, es una nube color tabaco, que deja una larga estela en el cielo o una niebla densa e irrespirable cuando se condensa en el suelo.

                Según los dirigentes de la empresa, esta nube no es contaminante. ¿Acaso consideran agradable y saludable respirar dentro de esta "nube"?. Que opinen los sorianos que caminan o montan en bici por esta zona.

                Cuando solicitamos unas medidas anti-incendios, no nos vale la respuesta de que sólo han sufrido uno, aunque de gran intensidad. Hay que conseguir que las posibilidades sean mínimas y, en su caso, que la trascendencia también sea mínima.

                Tampoco nos dan una contestación a la alta mortandad de pinos en su límite este.   

            Ni nos indican el tratamiento y sistema de eliminación de residuos industriales, como por ejemplo las colas, materia muy abundante en este tipo de fabricación.              

Nos ratificamos en nuestra solicitud de que se coloquen filtros que eviten estos efectos y ratificamos nuestra voluntad de no perder los actuales puestos de trabajo.

                Haciendo especial mención a nuestro escrito anterior, les comunicamos que nuestra propuesta podría hacerse con cargo a una vía de créditos puesta en marcha por el Ministerio de Obras Públicas, Transporte y Medio Ambiente, donde se ofertan créditos al 6% para este tipo de equipamientos anti-contaminación. El Plazo para efectuar su solicitud termina el 31 de Diciembre del presente año, con una carencia de 1, 2 o 3 años.

 

Ilmo. S. Alcalde del Ayuntamiento de Soria.

Ilmo. Sr. Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León


MUERTE DE UN OPERARIO EN TABLEROS LOSAN

 

En fecha reciente hemos tenido conocimiento de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Soria con relación a la muerte de un operario de Tableros Losan: un día de arresto menor y 50.000 pts de sanción al único responsable, paradójicamente coincide la condena con la impuesta por este mismo Juzgado a los responsables de la muerte en accidente laboral de José Peirotén el 5 de abril de 1990 en una zanja de la calle Mariano Vicén, en este caso acusados de omitir las medidas de precaución con consecuencia de muerte. Podríamos llegar a pensar que en este país lo único barato es la vida de nuestros jóvenes. ¿Cuál sería el valor equivalente de un esclavo del siglo XVII abonado por un negrero en nuestros días?

              Juan Carlos Benito murió con 19 años sin que aparentemente nadie se hubiese enterado de las condiciones en las que estaba trabajando ¿sólo él? Esto sucedió el 28 de julio de 1994.

               El 14 de julio de aquel mismo año, ASDEN enviaba un escrito a la Junta de Castilla y León con relación a Tableros Losan, manifestando la necesidad de tomar medidas preventivas para evitar incendios, solicitando una inspección sobre las condiciones de trabajo y la salud de los trabajadores de esta fábrica; en base, entre otras disposiciones legales, a la Ley 5/93 de Actividades Clasificadas, donde en el artículo 1º se indica que "queda sometido a dicho régimen cualquier actividad o instalación susceptible de ocasionar molestias, alterar las condiciones de salubridad, causar daños al medio ambiente o producir riesgo para las personas o bienes".

                El 23 de julio, contestaba a nuestro escrito, a través de los medios de comunicación, el director de la factoría (el único posteriormente condenado en dicha sentencia), manifestando la buena salud de sus trabajadores y las buenas condiciones en previsión de posibles incendios, así como la carencia absoluta de irregularidades en los gases emitidos por las chimeneas. Todo ello ratificado por el Comité de Seguridad e Higiene, o sea, por algunos trabajadores cuyas familias dependen económicamente del jornal recibido de la misma empresa.

                En junio de 1995 se comprueba que la combustión no es del todo correcta y se decide su inclusión en el Registro de Pequeños Productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos.

                En el juicio celebrado en octubre del presente año, el Instituto de Higiene y Seguridad en el Trabajo manifestaba que "las condiciones ambientales en el foso eran peligrosas, agravado esto debido a una ropa de trabajo inadecuada, nula ventilación, nula aclimatación, elevado índice de humedad y deficiente organización del trabajo". Según los fundamentos jurídicos, "el riesgo de muerte era previsible y evitable", demostrándose que la labor de limpieza que fue la causa ocasionante del fallecimiento, se efectuaba después de un incendio. El Técnico de la Inspección de Trabajo manifestó en el juicio que "la máquina debería haberse parado", con lo cual las condiciones de trabajo no habrían sido tan críticas.

                La sentencia condenatoria reconoce que "la causa de la muerte fue un aumento de la temperatura", que "el motivo directo del accidente fue la falta de organización en el trabajo" (responsabilidad del director de la empresa) y que "la orden de limpieza procedía directamente de dicho director (Juan Antonio Soler Ribera)".

                Dichos desatinos condujeron a la muerte de un trabajador y la sanción puesta es de 50.000 pts. al citado señor, como único responsable en las condiciones laborales.

                ¿Acaso se trató de un caso aislado?

                Abundan los comentarios, en privado, entre muchos trabajadores industriales de nuestra provincia, donde se deja patente el incumplimiento de las normas de seguridad, debido básicamente a otro tema del que daría mucho que hablar, como es la seguridad en el empleo. En un momento como el actual, nos vemos en la necesidad de anteponer los "garbanzos" familiares a la salud, y a veces al derecho a la vida. Y estos no son hechos aislados y sí cada vez más generalizados, y paradójicamente en muchos casos esto sucede en aquellas empresas "importantes" y aparentemente ejemplares, implantadas con subvenciones pagadas por los mismos afectados; y si no ¿de dónde sale ese dinero?, está muy claro, del bolsillo del contribuyente, que somos todos.

                Nosotros tenemos derecho, y las instituciones obligación a exigir una calidad, una garantía y seguridad máxima en el tema de salud, no sólo en las condiciones de seguridad e higiene, sino también en el tema de contaminación ambiental.

                ¿Qué pasa con la Inspección? ¿Dónde están los Inspectores? ¿acaso ellos no escuchan ni ven lo que muchos de nosotros vemos, conocemos y algunos padecen?

                Puede que alguien piense que este tema no nos compete, que como asociación ecologista nuestro deber es defender a los pajaritos y otros animalillos. Hay que dejar bien claro que nuestro objetivo primero y fundamental es la protección del medio ambiente y los seres vivos en general, todos sin ningún tipo de exclusión.