"La Asociación Soriana para la Defensa y Estudio de la Naturaleza" (ASDEN), ante la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria comparece y como mejor en derecho proceda

 

 

            EXPONE:

 

Que en relación con el proceso de participación pública del PROYECTO DE ORDENACIÓN Y EL PROGRAMA DE USO PÚBLICO DEL MONTE Nº 179 “VALONSADERO2 EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE SORIA, se formulan por escrito, para su posterior incorporación al acta las siguientes

 

ALEGACIONES:

 

 

-Si se trata de un proyecto de ordenación, de arbolado, de pastos o de uso social, o protector. Debería dejar claro cual es el objetivo prioritario. Debe incluir dentro de los objetivos protectores, no sólo los referidos al arbolado sino los de biodiversidad.

-         Debe contener análisis ambiental y de uso,  socioeconomico etc, con una calidad y extensión adecuada. Detallar datos de problemas de gestión como son el número de denuncias y las causas.

-          Estudio de la oferta y de la demanda. Establecer objetivos de máximos y mínimos sobre ambas. Se ha de marcar una carga máxima de visitantes o de uso recreativo, y a partir de hay plantear soluciones para evitar los daños que pueden producir.

-         Sobre los objetivos, pues lo dicho sobre uso social, buena regulación de uso ganadero. Sobre el arbolado: tener objetivos de conservación de la biodiversidad, considerar al arbolado en su acepción ecológica: buscar la formación de una masa “natural” no sólo de monte alto fustal, sino contemplando su estructura ecológica etc, y buscado su evolución natural tras una primera intervención. Tener en cuenta la conservación de árboles viejos y secos.

-         Consideración de corredor ecológico entre ecosistemas de los LIC lindantes.

-         Establecer una zona perimetral en torno al monte y una zona de influencia.,

-         Aclarar como se realiza la gestión conjunta entre JCyL y Ayuntamiento.

-         Que se atajen los actuales problemas de transito, tanto recreativo como ganadero.

-         Establecer una limitación de aparcamientos. De tal forma que cualquier coche aparcado fuera de las zonas de aparcamiento sea denunciado.

-         Para las fiestas establecer medidas para favorecer cambios en las conductas: poner barbacoas móviles en determinados puntos de forma que la gente se vaya acostumbrando a hacer fuego ahí. Dar facilidades como son dar leña, etc. Mejorar el sistema de transporte público, hacer un aparcamiento de bicis vigilado.

 

PROYECTO DE ORDENACIÓN DE VALONSADERO

 

- Sobre la introducción:

En lo referente al proceso de participación:

 

-La documentación informativa suministrada debería haber estado en un formato digital, lo cual hubiera facilitado una mayor y mejor difusión, consulta y participación.

 

- El doc. De trabajo debe dejar claro que se trata de un proyecto de conjunto de ordenación: de arbolado, de pastos, de uso social y protector. Incluyendo a su vez  dentro de los objetivos básicos de protección, no sólo los referidos al arbolado, sino los de biodiversidad.

 

- Sobre la elección de los grupos interesados se debería explicar las razones para elegir a los participantes. ¿Qué representación ostenta las empresas/particulares con finalidad de lucrativa, amén, del mero hecho de ser, en estos momentos circunstanciales, adjudicatarios de bienes?

 

- Se debe explicar a todos los miembros participantes en este proceso; los plazos, las fases y la información que se nos va a facilitar. Siendo prioritario que se nos tenga informados de todo el proceso antes de su finalización, para no tener que enterarnos de los resultados del mismo por la prensa. Igualmente se nos debe contestar justificadamente porque no se han aceptado nuestra propuestas. De no ser así es seguro que el próximo proceso de participación en la gestión de un espacio natural será un fracaso.

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PROYECTO DE ORDENACIÓN PROPIAMENTE DICHO:

 

1_Introducción:

 

En la primera línea de la presentación se nos define es proyecto como de ordenación silvopastoral. Algo que entra en contradicción con la figura de Área Recreativa. Para esta figura de protección, lo normal es, que se elaborase y aplicase una Proyecto de Ordenación de Recursos Naturales, dentro del cual se debería incluir el Silvopastoral.

 

Es decir que se realiza una primera planificación parcial, la cual puede ser definida como errónea o incompatible con las prescripciones del PORN que es seguro que se elaborará en un futuro próximo.

 

            Dentro del apartado Programa de  Uso Público, contempla la posibilidad de establecer Convenios con las Entidades Locales para su gestión. Esta posibilidad rebasa las competencias del Proyecto de Ordenación y por ello, deberán ser incluidas dentro del POR. Con la consiguiente información pública a efectos de alegaciones, como documento base de la futura gestión del espacio.

 

Por otro lado queremos transmitir nuestra queja porque el MUP de Valonsadero ha sido gestionado de forma irregular, durante tantas décadas, sin tener un plan de Ordenación, a pesar de la renta dineraria que ha generado a sus propietarios

 

 

2 Inventario:

 

En los aspectos legales no figuran normas como son:

 

Municipales: Ordenanza que regula el tránsito a motor por dentro del Monte.

               

- Es indudable que se trata de un resumen, pero no por ello, los autores indican que tan sólo se presentan cuatro tipo de hábitats naturales incluidos en la directiva hábitat en Valonsadero, sin embargo citan ocho hábitat comunitarios, obviamente debe ser un error tipográfico.

- Sin embargo, del mapa que utilizan se desprende que la fuente utilizada es el Inventario Nacional de Habitas, una herramienta que se planteo para cartografiar toda la Península ibérica y que se trabajo a 1:50.000, una escala que es claramente insuficiente par aun trabajo de detalle como el presente caso.

- No cita que en su cercanía al LIC de Sierra de Cabrejas, ni comenta el valor del Monte Valonsadero como zona de transición bioclimática entre los bosques mediterráneos de encinas y sabinas, con los bosques húmedos que representan los bosques de ribera del Duero.

 

Terrenos cinegéticos y piscícolas.

 

Al hablar del río Duero a su paso por el monte, se designa como tramo de aguas libres declaradas trucheras, donde se autoriza la pesca con caña durante todo el año…., con devolución de salmónidos capturados en las épocas no hábiles de pesca de dichas especies.

Se propone la creación de dicho tramo como LIBRE SIN MUERTE, al objeto de evitar la creación de caminos viciosos, hogueras, basuras y roturas de vallado.

 

Usos y costumbres vecinales.

-Otros festejos.

Dentro de este apartado se contempla la realización de otros festejos y romerías, sin ningún tipo de información al respecto sobre las actividades que realizan, y que deben estar perfectamente definidas y encuadradas en el POR.

-Uso recreativo.

De reciente y triste actualidad lo ocurrido en el incendio de Guadalajara, como para que un POR, promocione el uso de las barbacoas en el paraje de la Junta de los Ríos. En todo caso, la única que debe permitirse, es la integrada en el propio Refugio, que ofrece garantías y condiciones de seguridad.

 

Estado natural.

-Principales accesos del monte.

Los viales de acceso vienen referenciados, (como omisión importante el carril Bici, que si se refleja en el mapa cartográfico) pero falta una descripción singularizada de cada camino, usos permitidos, señalización, prohibiciones y usos excepcionales (como el caso del Camino de Pedrajas, exclusivamente durante las fiestas de San Juan).

 

- Vegetación actual.

Se cita la localización de una masa artificial de Populus x caanadensis, junto al río Pedrajas, que de forma paulatina debe procederse a su sustitución por vegetación autóctona, teniendo bien presente la edad de la masa (60años), y sus uso, como refugio y nidificación de fauna.

 

- Especies micológicas.

Considerando que el Centro de Investigación de Valonsadero tiene una línea de investigación centrada en las comunidades de hongos, probablemente podrían decir algo más que mencionar únicamente ocho especies, y alguna de un modo tan genérico como boletus sp.

 

- Fauna.

A pesar de que reconoce el valor faunístico de Valonsadero, sólo cita algunas especies. Cita una especie anecdótica como es la lechuza campestre (Asio flameus). No mencionando especies que identifican mejor Valonsadero.

 Estos datos que aporta el inventario no sabemos si forma parte de un nuevo estudio o son referencias bibliográficas, ya que no vienen referenciados. En el caso de que procedan de un nuevo estudio, solicitamos que nos sea aportado.

Por todo ello, los datos relacionados con la fauna son muy pobres, no hay un inventario de fauna(al menos vertebrada) que aparece en el Monte, no se mencionan especies de indudable interés como el colirrojo real, en algunos casos se habla en términos genéricos como murciélagos sin indicar la especie. Es sorprendente que con la abundante información que sobre la fauna de Valonsadero existe, no sean más exhaustivos. Resulta difícil de proponer un plan de gestión, si ni siquiera se ha hecho un inventario, puesto a  utilizar proyectos fin de carrera como antecedentes podrían haber hecho una prospección algo más intensa y buscar fuentes relacionadas con la fauna.

No citan el río Duero como zona natural y potencial de expansión del Visón europeo.

Se hecha en falta, una relación de especies exóticas introducidas. (Cangrejo señal, americano, lucio-perca, alburnos etc.)

 

 

En el inventario de las infraestructuras; no se cita el Vivero, aunque en la cartografía que se aporta sí que aparece. ¿Esta infraestructura está dentro del M.U.P objeto de ordenación o no? En caso afirmativo, debería estar también sometido a la ordenación de usos y al proceso de participación. Sobre todo, porque los usos que reciba van a afectar a todo el Monte. En especial si recibe un uso público como parece que pretende la Junta de CyL creando un ARBORETUM, que al fin y al cabo es una zona ajardinada. Lo cual significa que se van a introducir especies vegetales foráneas a Valonsadero, y por lo tanto va en contra de los preceptos dictados por este Proyecto de Ordenación.

Todo el proyecto relacionado con el Arboretum, debe estar integrado dentro del POR., al ser parte integrante del Monte.

 

-         Estado forestal.

Árboles añosos y viejos.

No hay referencia en el proyecto al valor de los árboles viejos y añosos, con cavidades como elemento fundamental para el mantenimiento de la fauna.

 

Sobre la calidad del estudio forestal y pascícola no queremos entrar a valorarlos, pero consideramos, que con los estudios ya realizados en el pasado, se podría haber realizado un plan de ordenación silvopastoral. Y haber hecho un plan de ordenación de los recursos naturales basado en un estudio de los usos sociales y recreativos actuales.

Si consideramos de gran interés, el efecto común del puntisecazo en las matas de roble melojo, agravados en algunas zonas. Se menciona en el proyecto el seguimiento y estudio realizado por la empresa TECMENA S.L., se hace necesario tener conocimiento de las causas y posibles soluciones acerca del origen de este efecto tan generalizado, mediante su incorporación al POR.

 

Estado Socioeconómico:

 

-         Aprovechamiento de pastos.

Se hace totalmente necesario la incorporación al POR de los condicionantes que deben reflejar los pliegos de cláusulas administrativas particulares y prescripciones técnicas para la adjudicación de los pastos del Monte Valonsadero, en concordancia con los objetivos del POR.

 

Al objeto de poner tomar decisiones con conocimiento, y evitar caer en los mismos errores del pasado, se hace imprescindible conocer todas las irregularidades a las que ha estado sometido el aprovechamiento ganadero (reconocidas en el POR), su situación actual, en base a que condiciones se ha prorrogado y precio de los aprovechamientos.

 

Se debería aportar el número de cabezas de ganado, clase y distribución temporal y territorial, así como la raza y edades. Estos dos últimos factores intervienen en las necesidades y comportamiento del ganado y por lo tanto sobre sus efectos sobre el pasto y arbolado. Según se desprende de la información que aparece en este apartado el ganado ovino no está presente. ¿Esto significa que la carga ganadera es menor a la planteada? ¿Se ha adoptado la decisión de convertir esas UGM de vacuno en ovino?.

 

En el pliego de condiciones se debe establecer la fecha de alimentación suplementaria. Que el ganado tenga un aporte adecuado en nutrientes y sales para que esto no provoque daños innecesarios al arbolado.

 

Se debe priorizar y fomentar el uso de razas autóctonas en el Monte Valonsadero, como una política de conservación de especies domésticas en peligro de extinción. (Raza serrana o negra ibérica, ojalada. etc.).

 

Los autores evidencian en diferentes puntos del informe, exceso de carga ganadera, tanto en algunos pastizales como en diferentes zonas forestales. Sin embargo, no hay ni una única línea para ver como afrontar dicho problema. La evaluación de las cargas es incompleta, basándose en deposiciones en un único momento del año (no se indica cual es), cuando es obvio que cualquier trabajo sobre carga ganadera necesita conocer el uso estacional del espacio.

 

Aprovechamiento de leñas:

 

Debería ser público y de conocimiento general que todos los vecinos de Soria puedan ser beneficiarios de este aprovechamiento. Por ello, y con el fin de que el Monte sea visto como una fuente directa de recursos forestales, y ello suponga  un acercamiento al mismo desde un punto de vista más “tradicional y rural”.

Como queja de anteriores actuaciones, en relación con la “limpieza del monte” se ha procedido a eliminar la vegetación arbustiba.

 

 

 

Sobre el uso recreativo:

 

Se hace necesario conocer varios parámetros relacionados con el número de visitantes por zonas, tipo de uso (deportivo, turístico, lúdico, naturalista), época, intereses,  y grado de satisfacción.

 

 Se trata de un análisis muy escueto. A pesar de que este uso es, posiblemente, uno de los que en mayor medida delimite el uso silvopastoral y los objetivos que se fijen el Proyecto.

 

Este apartado, de acuerdo a su influencia tanto de uso público como económica, debería tener mayor peso. Decir que en el monte Valonsadero  genera unas utilidades indirectas, externalidades positivas no cuantificadas, cuya rentabilidad económica se extrae en gran parte mediante los establecimientos hoteleros, arrendamientos de pisos en Soria, periodos estivales. Cuya clientela acude precisamente atraída por los valores que encierra el monte.

 

Destacamos lo que el propio POR contempla y anteriormente reflejábamos, EL PELIGRO QUE SUPONE EL USO DE LAS BARBACOAS EN LA LUCHA CONTRA LOS INCENDIOS FORESTALES, actualmente precintadas y por lo manifestado, se deberá proceder a su erradicación.

 

Conclusiones:

 Que el proyecto realiza  del estado socioeconómico pasado del apartado 2.4.2 son excesivamente escuetas, con una información parcial que no da muestra de la realidad económica y social que ha tenido y tiene este M U.P.

 

Según los autores, los ingresos por hectárea y año son de 6 euros (fondo de mejoras), esto implica menos de 20.000 € por año. Este cálculo no está desglosado y no se sabe si esto incluye los ingresos relacionados con las licencias de los establecimientos hoteleros, así como de los pagos por los aprovechamientos ganaderos. Nos tememos que no es así. Por otra parte, es ridículo quedarse con esos criterios economicistas cuando es obvio que Valonsadero genera muchos más ingresos, relacionados con las actividades de tiempo libre, ganadería y turismo, que existen gracias a la calidad natural del monte. A pesar de que la Administración no recauda ese dinero, este revierte de modo indirecto a través de los impuestos pagados por esas actividades económicas.

 

Por otro lado necesitaríamos saber, los conceptos en los que se han gastado la Junta de CyL. los 18,99€/ha (53.100 €/año; es decir, casi 9 millones de las antiguas pesetas).

 

Suponemos que en estas cuentas no se recogen los ingresos que recibe el titular del Monte, ni tampoco las inversiones que ha hecho el Ayuntamiento de Soria, sin considerar el fondo de mejoras.

 

 

Análisis de la oferta potencial de bienes y servicios.

 

- Pistas.

 En el punto de las pistas, nos parece bien que ponga como referencia el índice del Plan Forestal, pero se debe introducir un índice de corrección debido a su uso y función recreativa. Por ello, no se pude aplicar única y estrictamente parámetros de gestión silvopastoral.

En este punto también debería plantear un análisis crítico de la actual red de caminos viciosos y un inventario de su existencia para solucionar el problema.

También sería adecuado que establecer una referencia con los índices de caminos que se consideran adecuados para un espacio natural.

Obviar esta realidad, su origen, causas y su diagnóstico no parece que empobrece el Proyecto y determina que las soluciones y decisiones que aporte no se ajusten a la realidad.

Las pistas L2, cuya característica es ser  transitables durante todo el año por vehículos todoterreno. Su uso debe estar estrictamente limitado a la guardería, seprona y agentes medioambientales y personal asociado a las tareas de gestión del monte. En los pliegos de condiciones, se deberá establecer las pistas de uso estrictamente ganadero, prohibiendo deambular fuera de las estrictamente autorizadas.

Las pistas L3, de uso estrictamente peatonal, cicloturista, a caballo. Se deberá elaborar un plan de restauración de caminos viciosos.

Se hace necesario, establecer un blindaje de protección dentro del POR, a cualquier iniciativa que pretenda realizar nuevos viales en el Monte.

Falta explicar por parte de los redactores, a que se refieren cuando se indica que se favorecerá la accesibilidad del monte desde los núcleos de población cercanos, ¿Qué quiere decir esto?; que se abrirán pistas para que los vecinos penetren en el monte desde sus pueblos. Ya existen más que suficientes, como para proponer nuevos viales.

 

-         Circulación vehículos Fiestas de San Juan.

 

Este apartado, se trata de una manera muy ligera, sin proponer soluciones a uno de los grandes problemas puntuales del Monte Valonsadero, la circulación de vehículos a motor durante las Fiestas de San Juan. Donde el monte no puede acoger esa elevada densidad de vehículos deambulando por el espacio sin control. Debería ser objeto de un apartado específico, con propuestas y soluciones alternativas. Entre ellas, el acudir a pie a Valonsadero, el fomento, mejora y apuesta firme por el transporte público, como ha realizado el Ayuntamiento de Soria, con restricciones de acceso a vehículos particulares. Debe figurar preceptivamente en el POR., previa consulta a todos los agentes sociales, peñas y Asociaciones de Jurados etc.

Incluso, con la posibilidad de materializar el establecimiento de una línea periurbana de autobús, durante los meses estivales, (fines de semana, puentes o eventos especiales).

 

Abrevaderos.

 

Los redactores del estudio mencionan varias veces las pérdidas de las poblaciones de anfibios, no se propone ningún tipo de medida para remediarlo. Es evidente, que los abrevaderos actuales y los futuros que se construyan deben disponer de una zona perimetral vallada que impida el acceso al ganado y permita la reproducción de los anfibios.

 

Vallados:

 

 Nos sorprende que habiendo hecho una inversión tan grande la Junta en el Monte Valonsadero y haya dado tanta importancia a su aprovechamiento ganadero, el resultado es; una muestra de abandono y descuido de este elemento tan importante para la gestión ganadera.

La característica fundamental que deben tener presente todo vallado ganadero, lo constituye su permeabilidad a la fauna silvestre y el establecimiento de pasos canadienses o porteras para los corredores y senderistas, y se garantizará el libre tránsito por las pistas autorizadas.

 El vallado no contará con de hilos de alambre de espino en la parte inferior ni en la parte superior. Al objeto de evitar la colisión de las aves con el cercado, cuando las vallas se sitúen en zona boscosa, se balizarán los hilos superiores con cintas.

El cerramiento deberá ir sustentado sobre pilotes, es decir, no podrá clavarse sobre árboles.

Como bien dice el POR. Se deberá retirar las antiguas alambradas.

Existe un cerramiento especial, que deberá ser tratado de forma diferente, el vallado perimetral de la carretera Nacional 234 a su paso por el Monte. En este cerramiento, se debela proceder a instalar un vallado cinegético, aprovechando los puentes de los arroyos para el establecimiento de pasos de fauna. Actuando de conformidad con la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, apartado 1.5 del Anexo IV Vallados cinegéticos con longitudes superiores a  2.000 metros.

 

 

Infraestructuras recreativas:

 

Se debe eliminar el apartado referente a la Junta de los Rios, donde se refleja la posibilidad de hacer barbacoas, por los motivos expuesto por el POR. Anteriormente.

 El proyecto no entra a analizar ni valorar la oferta ni la demanda, ofreciendo una descripción superficial. Por ejemplo: No recoge que durante algunos años la oferta hostelera fue excesiva, y que el Hotel Restaurante Monte Valonsadero no fue rentable para sus adjudicatarios.

De lo que se redacta sobre las infraestructuras recreativas parece ser que hay áreas recreativas que son gestionadas directamente por la Junta de CyL, y en el resto no la realiza. ¿Esto  a que se debe? ¿Hay algún acuerdo verbal sobre ello, o hay acuerdo escrito?

En la descripción de la demanda previsible de Bienes hay una simple descripción demográfica, de la cual no se puede desprender ningún análisis, ni evaluación ni conclusión. Punto que consideramos interesante y que en gran medida va a ser uno de los factores importantes para que este proyecto de ordenación, o cualquier otro que sea fiable y realizable.

Igualmente nos parece que el punto de análisis de usos del suelo, esta orientado hacia un estudio forestal de un municipio rural, el cual es contradictorio con el carácter urbano de la población que hace uso de Valonsadero, que es la de la propia capital de Soria. Y que es la que en mayor medida va afectar a los usos del Monte, ya sea directamente o bien mediante su opinión  y demandas de conservación de Valonsadero.

Por tales motivos y por otros ya expuestos, se debería hacer un estudio más exhaustivo en el cual se plantee un estudio sociológico, aunque sea con poco detalle, que nos de información sobre sus actuales usuarios, sus demandas y variaciones previsibles en el tiempo. En el caso de incluir parámetros espaciales sugerimos que se tome como referencia la periferia en un radio de 5 a 10 km. Espacio del perímetro de Soria y su Alfoz, que es utilizado de forma recreativa para andar o ir en bici. De esta forma la oferta de Valonsadero se contempla desde una perspectiva más cercana a la realidad. El entorno de Soria posee lugares de gran belleza y atractivo, que es de suponer que con la evolución del tamaño de población, y sobre todo del tipo de demandas recreativas y ambientales, sigan la tendencia de exigir sobre estas zona unas medidas más estrictas de gestión, protección y de uso compatible con la conservación de la vida silvestre y los ecosistemas.

 

Determinación de usos:

 

En la introducción dice que con la información aportada en el inventario se va a establecer unos usos, Ya hemos dicho que esta información está referida al estado forestal,  siendo criticable la calidad de la información referente a aspectos ambientales y sociológicos. Por lo que esta determinación de usos ve disminuido su valor.

 

Determinación de usos actuales (57)

 

- Uso social:

 El proyecto dice que es “importante”, ¿En que sentido?: económicamente, asistencia de visitantes, afecciones al medio natural, etc. ¿Si es tan importante porque se hace un estudio tan pequeño?.

 

- Uso productor:

Estamos de acuerdo con el análisis que hace del uso productor. En este apartado se debería describir cual es la demanda actual de pastos para vacuno en la provincia, y cuales son los factores de esta demanda. Ahora mismo la demanda de pastos para ganado es alta, debido a las condiciones que establece la PAC, lo cual hace que los derechos de pasto tengan un precio elevado.

No define los usos del vivero forestal.

 

-         Usos Protector:

Hace referencia al LIC Riberas del Duero, citando un vallado a 8 metros del cauce que protege la ribera, nada más lejos de la realidad. Ojalá hubiera sido así. Pero tal como determina el Formulario del LIC citado, su perímetro de protección es de 25 metros a ambos lados del cauce. Es esa distancia la que debe ser establecida dentro de un programa específico dentro del POR, desarrollado como Zona Especial de Conservación. En cuanto a la distancia del vallado, se deberá establecer según las características de desarrollo del Bosque de ribera en sus diferentes tramos y sus necesidades de regeneración y protección, y características físicas.

Se deberá establecer un programa específico de vigilancia para evitar la contaminación de las aguas, contaminación de márgenes por basuras (pseudo pescadores de cangrejos o introducción de especies de peces exóticos) establecidos en el formulario en el punto 4.3. Vulnerabilidad.

 

Se valora muy positivamente, el establecimiento de un rodal especial de protección de 50 metros desde la orilla del río.

 

El establecimiento como corredor verde el punto de unión entre el Monte de Valonsadero y el LIC Sierra de Cabrejas.

 

- Uso de reserva científica.

A añadir el citado por el POR, se debe establecer dentro de este apartado un área declarada como reserva integral, al objeto de poder disponer de datos de la evolución del espacio sin afección de actividades, que evolucione a su propio devenir.

 

Priorización y compatibilización:

 

“…  llevan a plantear el uso social como prioritario, el resto de usos estarán supeditados a su consecución. Lo de “plantear” ¿qué quiere decir que se lo han planteado pero que no lo han decidido?.

Es matizable, dentro de la zonificación del monte, habrá lugares donde la conservación del espacio debe primar a otros intereses, pero sin duda, sus efectos transversales le dotan de carácter social, como bien constitucionalmente protegido.

El uso productor de pastos es absolutamente necesario para el correcto mantenimiento  del paisaje. Es algo con lo que estamos de acuerdo, pero con matices y siempre supeditado a una buena regulación y a los objetivos de uso protector y de uso público”

 

TABLAA 3.2.1

En el apartado de la importancia ambiental de “uso social” debe tener la categoría de “Elevada”, o al menos “media”. Ya que el uso social es el que de una forma, está definiendo, y va a definir en el futuro, aún más, el medio natural de Valonsadero,  y sus otros usos.

 

Sobre los objetivos para el conjunto del Monte o explotación.

 

El uso del monte no debería ser productor, ya que tal hecho lleva a que muchas de las medidas que se adopten lleven a mantener o promover el aprovechamiento de pastos frente a otras utilidades y valores que pueden aparecer o estar presentes en el monte.

 

Por ello el objetivo debe ser de protección y uso social, entendiendo el ganado como un medio necesario para conseguir esos objetivos. Es previsible que con el ganado se consiga unos objetivos ambientales deseables, pero también que va a llegar un momento en que el ganado va a impedir que el monte Valonsadero mejore sus características ambientales, o al menos que posee unos características ambientales más exclusivas y valiosas. Por ejemplo, sería deseable que parte del monte fuera destinado a melojar o quejigal natural, con estratos bien definidos, etc. En algunos casos en esas zonas hay animales o plantas de gran interés. Una de estas zonas es el quejigal de la Junta de los Río, cuyo valor botánico y ecológico está amenazado por un uso ganadero o social no adecuado.

Sobre los objetivos de correcto manejo del ganado, es algo muy ambiguo, Según la realidad actual lo correcto es que los ganaderos  transiten por donde quieren. Por lo tanto se debería dejar claros los criterios de “correcto manejo”, ya sea en el plan general como en el pliego de condiciones.

Sobre lo de los vehículos, habría que suavizar lo de mejora de la infraestructura viaria. Prohibiendo la realización de nuevas infraestructuras viarias.

Debe aparecer como objetivo el limitar el uso de vehículos a motor (algo que ya está recogido en varias normas y que a fecha de hoy no se cumple)

En el objetivo de la selvicultura se debería definir más claramente que significa “evolución” ¿Hacia dónde, y cómo?. ¿Evolución es igual a sucesión vegetal hacia grados de mayor complejidad estructural, ecológica, etc

 

 

Planificación

 

Habla sólo del plan General, debería contener un plan/es específico/s. 

 

-En los pinares, no debería plantear solamente la aparición de Quercus pyrenaica, sino que debería añadir “toda la orla de plantas arbustivas, arbóreas que acompañan a esta tipo de vegetación, buscando crear una estructura natural. Definiendo las zonas de los pinares donde el uso social es compatible con este nuevo tipo de masa.

También debería hacer referencia a otras especies forestales que deberían estar presentes en el Monte, en especial los Fresnos que estarían en la zona de vega, como bosque de ribera y formando parte del arbolado de la típica dehesa riparia.

En el método de beneficio se debería contemplar también que en determinadas zonas se debe potenciar el monte alto en estado natural, no adehesado. En el monte hay zonas cuya potencialidad como pastos es baja, y que por lo tanto llevarlo a tal estructura es un coste que no reportará beneficios económicos, ni ambientales. El plan debe contemplar claramente términos como “masa natural”, masa naturalizada, etc, con sus correspondientes definiciones para no crear dudas e interpretaciones libres.

 

Sobre el estado fitosanitario de los pinares, se debe incluir alguna matización. Ya que en la explotación normal que se hace de los pinares de la provincia se utiliza de forma muy tajante este término. Este tipo de actuaciones consiguen uniformizar la masa y artificializarla innecesariamente.

 

Por ejemplo la intervención fitosanitario en estos pinares conllevará un elevado coste y su venta como aprovechamiento maderero no será rentable. Una de las posibilidades es que si se favorece la colonización de otras especies arbóreas, este pinar vaya sucumbiendo con el tiempo a un ritmo que no origine problemas fitosanitarios,  todo ello con un ahorro económico. Para ello, se debería plantear en que momento se deja de actuar sobre esos pinares, y por otro se debe establecer unos criterios claros y escritos para que en el futuro no se adopten medidas fitosanitarias de forma subjetiva, en desacuerdo con los objetivos que se plantean en este Plan. Es decir que no se utilice la excusa de “estado fitosanitario peligroso para la masa” para realizar una actuación como la errónea poda que se hizo sobre los chopos de la carretera junto a la Casa del Guarda en los años 90. El resultado de aquella poda lo podemos ver hoy.

 

Caracterización de modelos culturales:

Debería hacer mención a las podas en los robles desmochados de grandes dimensiones y sobre el desmoche de los árboles jóvenes, fijando edad y dimensiones. Así como si se van a aplicar a todo el monte o sólo en determinados rodales.

Sobre las podas, se deberían fijar las normas  para que cuando se ejecuten, lo sean de forma adecuada. Teniendo siempre muy en cuenta el valor ambiental, biológico y paisajístico de los grandes árboles huecos, desmochados, etc.

Igualmente se debe reconocer el valor de los árboles viejos, fijándose en este plan las medidas y objetivos para su conservación y protección.

            Sobre las choperas, decir que debería añadir que junto con el fresno se va a favorecer y estimular los arbustos y arbolado de la orla de las fresnedas. Sobre el estado fitosanitario intuimos que el contenido de este párrafo se va a utilizar para ejecutar actuaciones que nos parecen incorrectas cuando se aplicar de forma general. En este punto debería justificar que no se van a cortar ciertos árboles que bien por sus dimensiones, por su valor ecológico o paisajístico, y que no ofrecen  problemas para la seguridad de las personas se conservarán en tal estado, incluso cuando esté muerto. En algunos casos incluso se establecerán medidas para que su proceso de muerte natural no suponga un peligro para la seguridad de las personas. Este fenómeno se puede utilizar como recurso de educación ambiental.

 

 

En la pagina 73 se dice que el objetivo principal de este plan es EL RECREATIVO LIMITADOS POR CONSIDERACIONES PAISAJÍSTICAS Y DE CONSERVACIÓN.

Sobre el método de Ordenación por Rodales, estamos de acuerdo con su flexibilidad, ahora bien esperamos que está flexibilidad no esté en función de las decisiones políticas de una administración. En tal caso este método de ordenación no tiene ninguna finalidad como plan que ayude a definir la gestión y el futuro recreativo del  Monte.

A pesar de la flexibilidad que dice ofrecer este método, observamos como en el monte no aparecen rodales en los que se priorice la aparición de una masa forestal “naturalizada”. Consideramos que esta es una ocasión para demostrar que es posible el tener un modelo de bosque  “natural”. Algo que aumentaría el valor ambiental de este monte.

Fija un turno de 150 años: de seguir este criterio es de suponer que en Valonsadero van a desaparecer los grandes árboles desmochados, que son lo que le dan un gran valor paisajístico y ornitológico. Muchas de las aves más singulares de Valonsadero están ligadas a los árboles viejos. Se debería establecer una estructura de edades de masa irregular según rodales, dejando árboles envejecidos, incluso moribundos, etc

 

 

PROGRAMA DE USO PÚBLICO zne Monte Valonsadero, pagina 75.

En ámbito temporal hace referencia al Plan Especial. ¿?¿Dónde está ese doc.?

 

En cuanto a los objetivos, consideramos que hay algunos de ellos que los deben matizar. Por ejemplo, el de la educación ambiental lo debe integrar dentro de un programa de EA del municipio de Soria, de forma que el Monte no sea el punto central y protagonista de este programa, sino un complemento de los que estén dentro de la ciudad.

En los paisajes debería incluir la cuenca visual que hay desde Valonsadero, como Paisaje Sobresaliente, indicando que se debe cuidar sus propiedades como lugar de observación privilegiado, de un relieve geomorfológico, como es el Pico Frentes y la Sierra de Cabrejas.

 

En cuanto a la descripción de la fauna y flora se debería ser más exhaustiva y precisa, ya que su conservación conocimiento y disfrute es uno de los objetivos de este plan. Debería fijar unos parámetros de biodiversidad para conocer como evoluciona el monte.

 

Zonificación:

Establece y define tres tipos de zonas a efectos de Usos (Generales, Compatibles y Limitados), de conformidad con el artículo 30 de la Ley 8/1991. Obviándose las Zonas de Reserva, reservadas para las áreas de mayor calidad biológica o que contengan elementos bióticos más frágiles, amenazados o representativos. A estas zonas no se podrá acceder libremente.

 

3. Directrices de uso público:

 

La que regula la circulación ¿? Se deberían fijar unos puntos de estacionamiento perfectamente señalizados, y a partir de ahí solo vehículos autorizados, Estos puntos no deberían situarse en algunos lugares del perímetro, ya que ello favorece que la afluencia sea masiva impidiendo que haya zonas tranquilas para la cría y estancia de especies sensibles.

Directrices de uso público: página 89:

Deberá delimitar de alguna manera los equipamientos.

Sobre priorización de actividades deportivas, debería establecer una puntualización sobre las actividades espectáculo, las cuales por ser puntuales en el espacio y en el tiempo, pueden tener graves consecuencias para varios elementos biológicos.

 

Directrices para la ordenación del territorio. ¿Qué significa Edificios consolidados?, Falta una relación de los mismos, de cara al mantenimiento de los usos actuales y su encaje en el POR.

Favorecer la accesibilidad ¿? Desde los núcleos de población Cercana. ¿A que se refiere?

También se debería favorecer a permeabilidad con las zonas colindantes, Importante como corredor biológico de Valonsadero entre sabinares y bosques húmedos.

 

Importante el punto que no permite el levantamiento de nuevas construcciones.

 

Sobre las publicaciones que hagan referencia a  Valonsadero, ¿se referirá  a las que haga la Junta¿?

Educación Ambiental.

No se debería ampliar espacialmente el centro, ello supone un coste. En ningún momento se debe utilizar este centro con los objetivos con los que están funcionando los centros de los ENP, que parecen más unos centros promoción cultural y social en competencia con los programas de la CEAS, etc.

 

Organización de actividades.

 

Manifiesta el requerimiento de la autorización de la Administración competente. Sería necesario definir/fijar/establecer las competencias del Ayuntamiento de Soria de las propiamente de la Consejería.

 

En cuanto a la evaluación,  este plan debería haber incluido ya parámetros medibles y objetivos, al igual que son evaluables el estado de los pastizales y de los daños al arbolado.

 

PROPUESTAS DE MEJORA:

 

-         ELABORACIÓN DE UN CATÁLOGO DE ÁRBOLES NOTABLES EN EL ESPACIO.

-         ESTABLECIMIENTO DE UN CENTRO DE RECUPERACIÓN DE FAUNA SILVESTRE. (Zona del Vivero)

-         LA CREACIÓN DE UN MULADAR, CUYA UBICACIÓN DEBERÍA SITUARSE A LOS PIES DEL PICO FRENTES.

-         SOTERRAMIENTO DEL TENIDO ELECTRICO FRENTE AL HOTEL/RESTAURANTE QUE CRUZA TODA LA PRADERA.

 

En base a lo manifestado

 

SOLICITA:

 

Que se tenga por presentado el presente escrito de alegaciones, se sirva admitirlo y se proceda a su incorporación al acta mediante su anexión.

 

La felicitación por la iniciativa de la Junta de Castilla y León de elaborar el PROYECTO DE ORDENACIÓN DEL MONTE  y agradecer la invitación a ASDEN a participar en la discusión del documento previo de trabajo.

 

                         Soria, a 11 de diciembre de 2007