AGUAS NO POTABLES Y RÍOS
CONTAMINADOS
Competencias de aguas potables
y vertidos
Abastecer de agua potable a sus vecinos y hacer que los vertidos de las aguas residuales urbanas estén dentro de los límites que marca la legislación, para no contaminar los ríos, es una de las principales responsabilidades de cualquier municipio.
La supervisión de la calidad de las aguas de abastecimiento que suministran los ayuntamientos es competencia de la Junta de Castilla y León, mientras que el control de los vertidos municipales a los ríos corresponde al gobierno central, a través del ministerio de Medio Ambiente, del que dependen las Confederaciones Hidrográficas.
Los vertidos que contaminan el agua de los ríos, además del daño ambiental que producen, están relacionados con la dificultad de la potabilización posterior de las aguas para consumo humano.
Planteamiento del estudio
Después de haber señalado en años anteriores los problemas de la presencia de cianobacterias en el punto de captación de agua para el abastecimiento de la capital y los vertidos fuera de la ley de diversas poblaciones, en ASDEN nos propusimos conocer los datos de abastecimiento de agua y de vertidos en el medio rural en 2003.
Para acotar el tema nos centramos en pueblos:
· De la cuenca del Duero (con la excepción de Matalebreras, población que incluimos por haber tenido en su día un problema de exceso de nitratos)
· Que estuviesen en zonas de interés ambiental (áreas de influencia de Espacios Naturales, o Zonas sensibles, es decir, las que vierten sus aguas directa o indirectamente a la cabecera del Duero, antes de llegar a la capital).
· O que, dentro de esa cuenca, tuvieran más de 300 habitantes, descartando Almazán y los pueblos de la zona de Pinares, donde la situación de los vertidos ya sabemos que es catastrófica y están pendientes de unas depuradoras que no se sabe realmente cuándo llegarán ni cómo funcionarán.
Mediante estos criterios ¾interés medioambiental y tamaño de población¾ se seleccionaron 17 municipios, que comprendían 86 pueblos, con 11.406 habitantes, lo que supone el 20,07 % de la población rural soriana y se les remitieron unas fichas solicitando una serie de datos relacionados con el objeto del estudio.
A Sanidad se le pidieron los resultados de los análisis de control de potabilidad que hace en los distintos municipios, que son independientes de los que el propio municipio debe hacer. Además se le pidió una copia del Programa de vigilancia que debería de tener elaborado por ley, y las medidas adoptadas cuando se detecta que un municipio está abasteciendo con agua no potable.
A la CHD se le pidió que, ya que dice que no tiene medios para controlar los vertidos (¡!), que al menos solicitase los correspondientes análisis de aguas residuales a los municipios, que tienen la obligación de hacerlos y de que los resultados se ajusten al permiso de vertido concedido.
Si se quiere consultar en detalle el listado de pueblos, las fichas de la información solicitada y los resultados, la información está en www.asden.org.
Respuestas obtenidas
De momento nos saltaremos el aspecto de los vertidos, pendiente todavía de obtener la información. Baste decir que sobre ellos no existe prácticamente ningún control, ni por parte de las administraciones locales, ni por parte de la CHD.
El Servicio Territorial de Sanidad, quizá influido por el hecho de que la Junta ha perdido varios juicios por no facilitar información a ASDEN, nos contestó dentro de plazo.
En cuanto a los municipios, a la ficha sobre potabilización de las aguas no nos contestó ninguno en primera instancia, por lo que nos vimos obligados a interponer el correspondiente recurso potestativo. Tras dar este paso nos contestaron 8 municipios. Garray, Casarejos, Langa de Duero y Tardelcuende rellenaron la ficha, otros cinco municipios contestaron de forma muy incompleta y no han contestado El Royo, Almarza, Cidones, Navaleno, Berlanga de Duero, Cabrejas del Pinar, Abejar y Matalebreras, por lo que nos hemos visto en la necesidad de acudir a la vía judicial contencioso-administrativa para obtener esa información.
Resultados
Consideremos en primer lugar la desinfección del agua, que es obligatoria por ley y generalmente se hace clorando. Sólo unos pocos municipios cumplen con su obligación de controlar el nivel de cloro, así que nos remitiremos a los datos, más completos, del Servicio Territorial de Sanidad. En los resultados que nos han enviado se observa que globalmente sólo una tercera parte de los meses (exactamente el 33,92 %) el agua tiene garantías de estar desinfectada. En otra tercera parte de los meses la cloración es irregular (unas semanas sí y otras no) y en el tercio restante de los pueblos sencillamente no se clora el agua. Algunos pueblos obtienen resultados buenos o aceptables, como Soto de San Esteban, Berlanga de Duero, Matamala de Almazán, Santa María del Prado o Tardelcuende. En el extremo opuesto destacamos a Vilviestre de los Nabos, Cubo de la Sierra, Gallinero, Portelárbol, Segoviela, Sepúlveda de la Sierra, Tera, Canredondo, Chavaler, Dombellas, Santervás de la Sierra, Abanco, Alaló, Brias, Cabreriza y Paones: son pueblos que no desinfectan sus aguas para abastecimiento humano.
En segundo lugar, y en parte relacionado con lo anteriormente expuesto, consideramos los resultados de la potabilidad del agua, también a partir de los datos facilitados por el Servicio de Sanidad. El balance global indica que los análisis bacteriológicos dieron como resultado “agua no potable” en el 46, 73 %. Además de esto y desde otro punto de vista, el resultado de los análisis físico-químicos arrojó la cifra de que el 10,31 % de las aguas analizadas eran no potables. En resumen, aproximadamente en la mitad de los abastecimientos el agua no es potable, generalmente porque presenta contaminación por microorganismos fecales.
La respuesta que nos dio el Servicio de Sanidad de Soria a la pregunta sobre las medidas adoptadas cuando el agua no es potable fue que se limita a remitir a los Ayuntamientos una y otra vez un informe, sin tomar ninguna medida concreta más. Ni los municipios ni el Servicio de Sanidad de Soria informan a los vecinos cuando el agua que sale por sus grifos no ofrece garantías, a pesar de que el RD 140/2003 actualmente vigente así lo exigiría en muchos casos. El mismo Real Decreto obliga al Servicio Territorial de Sanidad de Soria a elaborar un programa de vigilancia sanitaria del agua de consumo humano, pero nos han contestado que no se ha hecho (con fecha de 21 de julio de 2004). Sólo se han prorrogado las medidas del anterior Real Decreto, actualmente derogado, y que no han mostrado mucha eficacia, a la luz de los resultados.
El precio del agua
De acuerdo con las directivas europeas, el precio del agua deberá aproximarse a su coste real en breve plazo, por muchos votos que cueste o por mucho que sea utilizado como arma arrojadiza entre políticos. En España, de acuerdo con los datos del Instituto Nacional de Estadística, el coste medio por metro cúbico en 2002 ha sido de 0,81 euros, todavía alejado del coste real. En los pocos pueblos que nos han contestado el coste por metro cúbico oscila entre cero y 0,29 euros, como máximo. No sirve por tanto la excusa de que tratar el agua en los pueblos es caro. Simplemente en muchos de ellos no existe interés en hacerlo, ni las autoridades provinciales lo exigen.
Conclusiones
¾ En los municipios considerados, que suponen el 20 % de la población rural soriana, la administración local suministra agua no potable en aproximadamente el 50 % de los pueblos, sin informar de ello a la población.
¾ La Consejería de Sanidad, con todo su aparato burocrático, técnico, político y legislativo, no es capaz de garantizar en un gran número de abastecimientos la potabilidad del agua.
¾ Al no existir sanciones, ni exigirse medidas correctoras durante décadas, se ha creado el hábito de que, puesto que una mayoría incumple la ley, no hay que hacer nada.
¾ Esa presunta Soria sostenible y la calidad medioambiental soriana con la que se pretenden maquillar algunos negocios presentes o futuros están muy lejos de ser una realidad mientras las distintas administraciones no sean capaces de cumplir y hacer cumplir la legislación en servicios básicos de sanidad y medio ambiente.
Soria, 15 de diciembre de 2004