"La
Asociación Soriana para la Defensa y Estudio de la Naturaleza" (ASDEN),
ante el Sr. delegado territorial de La Junta de Castilla y León comparece y
como mejor en derecho proceda
EXPONE
Como resultado de los análisis de agua
para el consumo humano del 2003, en el 20,07% de la población rural
de la provincia de Soria, se obtienen resultados preocupantes, desde el momento
que pueden afectar a la salud de las personas, principalmente a niños y
enfermos.
Detectan
agua no potable:
-
El 10,31 % de los análisis físico-químicos.
-
El 46,73 % de los análisis bacteriológicos.
-
El 99 % de los municipios no cumplen la normativa legal en cuanto a
desinfección del agua (cloración).
Hay
que reconocer que para que el agua sea potable, tiene
que dar resultados favorables en estas tres pruebas. Con que falle una, esta
agua hay que calificarla como no potable y consecuentemente no se puede
suministrar a la población.
En
base al artículo 15 del RD 1/2001 por el que se aprueba el texto refundido de
la ley de Aguas y la ley 38/1995 de 12 de diciembre, por el que todas las
personas tienen derecho a acceder a la información en materia de aguas,
SOLICITAMOS:
Que conociendo estas graves
deficiencias en el año 2003 se nos indique para el año 2004:
-
Físico-químicos.
-
Bacteriológicos.
-
Cloración.
Los
ayuntamientos solicitados (incluidos sus agregados) son:
Abejar
Almarza
Berlanga de
Duero
Cabrejas del
Pinar
Casarejos
Cidones
Garray
Langa de Duero
Matalebreras
Matamala de Almazán
Navaleno
Quintana Redonda
El Royo
San Esteban de Gormaz
Sotillo del Rincón
Tardelcuende
Valdeavellano de Tera.
El
Artículo 19 del Real Decreto 140/2003 de 7 de febrero, que es transposición de
la Directiva 98/83/CE, indica textualmente que “.... la
autoridad sanitaria elaborará y pondrá a disposición de los gestores, antes
del 1 de enero de 2004, el programa
de vigilancia sanitaria del agua de consumo”.
Este
programa, no está elaborado para la provincia de Soria, con lo cual hay un
incumplimiento manifiesto por parte de la Junta de Castilla y León, no solo de
la legalidad española, sino también de la Europea.
No
es admisible la manifestación del Delegado Territorial de la Junta en Soria al
manifestar que está prorrogado el anterior, ya que la legislación reseñada no
admite este planteamiento de prorroga.
Rogamos
que se nos indique la fecha en que se tiene prevista su aprobación, para el
cumplimiento de la legalidad.
Soria a 30 de
marzo de 2005