AGUA
POTABLE - BALONES FUERA
En relación con el tema de las aguas potables de abastecimiento, ha dicho Efrén Martínez, presidente de la Diputación, que no hay que sancionar (y menos a los amigos, podemos suponer), que lo que hay que hacer es “concienciar”. Eso está muy bien, pero ¿qué pasa cuando en varias décadas la concienciación no funciona? Esperemos que a la Dirección General de Tráfico no le de por concienciar, en vez de sancionar, si algún conductor está ebrio, adelanta en raya continua, o se salta un stop.
El Delegado Territorial de la Junta, a su vez, ha señalado que la responsabilidad de la potabilización de las aguas de abastecimiento corresponde a los Ayuntamientos. Por supuesto, pero además el Real Decreto 140/2003 establece que “la vigilancia sanitaria del agua de consumo humano es responsabilidad de la autoridad sanitaria, quien velará para que se realicen inspecciones sanitarias periódicas del abastecimiento… la autoridad sanitaria elaborará y pondrá a disposición de los gestores, antes del 1 de enero de 2004, el programa de vigilancia sanitaria del agua de consumo humano”. Los incumplimientos del Real Decreto mencionado “constituirán infracción administrativa en materia de Sanidad… y serán objeto de sanción administrativa”. Estas son funciones de la Consejería de Sanidad.
Desde finales de 2003 hasta febrero de 2005 hemos solicitado en tres ocasiones copia del mencionado “programa de vigilancia sanitaria” y en las tres nos han contestado que no lo tienen hecho todavía.
Soria, 16 de marzo de 2005