“La Asociación Soriana
para la Defensa y Estudio de la Naturaleza" (ASDEN), cuyo NIF es
G42005405, declarada de Utilidad Pública por el Ministerio del Interior, con
domicilio social en Centro Joven, C/García Solier, nº 20, (Soria), y dirección
a efectos de notificaciones en el Apdo. de Correos 168, CP 42080 (Soria), en su
propio nombre y derecho ante el Ayuntamiento de……………………….. comparece y como
mejor en derecho proceda
EXPONE:
- Que
ASDEN, como asociación declarada de Utilidad Pública considera que, dada
la unidad del ciclo hidrológico, el daño medioambiental producido por la
contaminación de las aguas se relaciona directamente con el problema del
abastecimiento de agua para el consumo humano, pudiendo repercutir en
muchos casos más allá de los límites de cada municipio. En consecuencia
ASDEN se considera parte interesada en el conocimiento y mejora de la
calidad de las aguas de consumo y de los vertidos en distintos municipios de la provincia. De momento
hemos seleccionado sólo algunos ayuntamientos, en función de su tamaño y
valor ambiental.
- Que los
municipios son responsables de que los vertidos de sus aguas residuales
urbanas tengan la necesaria autorización
de vertido, como ya se estableció en la Ley 29/1985, de Aguas y en el
Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RD 849/1986). Con posterioridad
se modificó la legislación, al trasponer la Directiva Europea 91/271/CEE,
en el Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, que establece las
normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas,
desarrollado en el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo y modificado en
el Real Decreto 2116/1998, de 2 de octubre. En ellos se establecen los
requisitos exigidos a los vertidos de aguas residuales urbanas.
- La Ley
46/1999, de 13 de diciembre (de modificación de la ley de Aguas) y el Real
Decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio (texto refundido de la ley de
Aguas) actualizan aspectos referentes a los vertidos, pero en lo que se
refiere a las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales
urbanas y a los requisitos exigibles a los vertidos son de aplicación
fundamentalmente los Reales Decretos mencionados 11/1995 y 509/1996. Así,
en la introducción del Texto refundido de la Ley de Aguas (RDL 1/2001) se
hace constar que no se ha incluido el RDL 11/1995 debido a aspectos
técnicos legislativos, “sin
perjuicio de su vigencia y aplicación”.
- El RDL
11/1995, en su artículo 7,3, establece que la Administración General del
Estado declarará como “zonas sensibles” algunas aguas en las que sea
conveniente un mejor tratamiento de las aguas residuales que vierten a
ellas. La Resolución de 25 de mayo de 1998 (BOE nº 155) establece en Soria
como “zona sensible” el “Río Duero
(cabecera, embalse de la Cuerda del Pozo y tramo desde éste hasta Soria”.
- El RD 509/1996
exige, en su artículo 6 apartado 1 que “los
vertidos de las instalaciones de tratamiento de aguas residuales
realizados en zonas sensibles
deberán cumplir los requisitos que figuran en los cuadros 1 y 2 del anexo
I de este Real Decreto” y añade, en el apartado 2, que “aquellos que contribuyan a la
contaminación de dichas zonas quedarán asimismo sujetos a lo dispuesto en
el apartado anterior de este artículo”.
·
Que el artículo 15
del RD 1/2001 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, y
que dice que “Todas las personas físicas
o jurídicas tienen derecho a acceder a la información en materia de aguas en
los términos previstos en la Ley 38/1995 de 12 de diciembre, sobre el derecho a
la información en materia de medio ambiente y, en particular, a la información sobre vertidos y calidad de
las aguas”.
Y por todo lo anteriormente expuesto
ASDEN
SOLICITA:
La
siguiente información referente a los análisis de los vertidos (puede ser uno o
varios) de las aguas residuales urbanas en su municipio, rellenando la ficha que
se adjunta por cada vertido diferente que pueda haber en su término municipal.
Justicia que se pide en Soria, a 29 de mayo
de 2002.
La Junta Directiva
Sr/a.
Alcalde/Alcaldesa de……………………………………………………………..
ESTUDIO DE VERTIDOS DE AGUAS RESIDUALES
URBANAS EN LA PROVINCIA DE SORIA EN EL AÑO 2003
Municipio de……………………………… Nº
de vertidos………………………
Vertido de (en el caso de que haya varios en distintos barrios, pedanías,
etc… se rellena una ficha por
cada vertido diferente) ……………………………………………………………
Análisis del vertido
realizados en 2003
ü ¿Ha realizado
el municipio análisis de este vertido en 2003 …………. (¿SÍ o NO?)
ü ¿Cuántos
análisis ha realizado en 2003?....................................................................
ü Consigne los resultados obtenidos:
Fecha
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DBO5
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DQO
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Sólidos en suspensión
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Fósforo total
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Nitrógeno total
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ü Remita fotocopia de los resultados de los
análisis realizados en 2003