"La Asociación Soriana para la Defensa y Estudio de la Naturaleza" (ASDEN), ante el Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria

            EXPONE:

 

            Por medio de oficio del Jefe de Servicio de Medio Ambiente, de esa Delegación, se nos comunica la Orden de 5 de octubre de 2007, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se resuelve  el Expediente Sancionador en materia de residuos Nº. 66/07- contra el Ayuntamiento de Cabrejas, imponiendo una sanción al infractor de una multa de 6.010, euros, aparte, de proceder a la restauración de la zona afectada por el vertedero al ser y estado anterior a la infracción.

 

El objetivo de este escrito, al igual que la denuncia inicial de 18/03/2005, va encaminado a la restauración de la zona afectada, mediante la reforestación, retirada de los vertidos y sellado del vertedero, al tratarse de un espacio natural, LIC SIERRA DE CABREJAS.

 

De nuevo, se constata su incumplimiento, en cuanto a la restauración,  y por ello urgen se adopte por esa Administración las medidas oportunas para la ejecución forzosa.

 

Es totalmente incompresible que desde el año 2005, fecha de nuestra denuncia, aunque los vertidos son anteriores, la administración siga sin obligar al Ayuntamiento infractor a restaurar. Se nos informe del causas y motivación justificativa de tan dilatada demora.

 

      SOLICITA:        

 

            Que se tenga por presentado este escrito de denuncia de incumplimiento de Orden sancionadora firme,  proceda a iniciar los medios para su ejecución forzosa, a la mayor brevedad y en caso contrario, se ejecute subsidiariamente por la propia Comunidad Autónoma, a costa del infractor.

 

            Se nos informe, si se ha dado cumplimiento al pago, por parte del infractor, de la multa de 6.010 euros.

 

            Se nos facilite la identidad de la/s autoridad/es y al personal al servicio de esa Administración bajo cuya responsabilidad se tramita el procedimiento.

 

            Se nos informe de las distintas actuaciones llevadas a cabo por esa Administración, para lograr su estricto cumplimiento.

 

            Se nos informe, si el Ayuntamiento Infractor ha recibido algún tipo de subvención pública, en relación con el lugar donde está el vertedero o tratamiento de residuos, cantidad y finalidad a la que iba destinada y condicionantes de obligado cumplimiento.

 

 

                             19 de diciembre de 2008