Asociación Soriana para la Defensa y Estudio de la Naturaleza (ASDEN), con NIF G42005405, declarada de Utilidad Pública por Orden de 25 de julio de 1995 por el Ministerio de Interior, con domicilio social en Soria, c/ García Solier nº 20 bajo y dirección a efectos de notificación en el Aptdo. de Correos nº 168, 42080 de Soria.

           

            Ante la Comisión Europea, hacen las siguientes consideraciones en relación a la Petición 1009/2007 presentada por E.C.C.L. de nacionalidad española sobre la supuesta infracción de la Directiva 79/49/409 y 92/43 CEE en relación con el proyecto de carretera de Caracena a Valderromán (Soria, España), admitida a trámite el 5 de marzo de 2008.

            La petición se hace por considerar que la carretera que se pretende realizar entre Caracena y Valderromán afecta gravemente y de manera irreparable al Lugar de Importancia Comunitaria (LID) ES-4170142 “Encinar de Tiermes”

            El peticionario se opone a las conclusiones del estudio de impacto ambiental llevado a cabo sobre el proyecto de carretera de Caracena a Valderromán en Soria (España), alegando que infringirían la Directiva 79/49/409 sobre aves silvestres y la Directiva 92/43 CEE sobre hábitats. El peticionario explica que la mitad del trazado discurriría por el “Encinar de Tiermes”, un área protegida de interés comunitario. Según el peticionario, en el estudio de impacto ambiental no se examina el impacto global del proyecto viario ni se tienen en cuenta las conclusiones de un estudio llevado a cabo por SEO/Bird Life, en el que se llega a la conclusión de que es probable que el trazado afecte gravemente a varias aves y hábitats protegidos. El peticionario pide que se realice una nueva evaluación del impacto ambiental y que se contemplen debidamente trazados alternativos.

 

CONSIDERACIONES SOBRE EL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA)

 

            El apartado 3 del artículo 6 de la Directiva 92/43/CEE de hábitats establece la necesidad de efectuar una evaluación del proyecto. La primera etapa es la evaluación en sí, la segunda la decisión de la autoridad competente. Este orden de actuaciones, no se da en el caso presente dado que como veremos a continuación, primero se hace el proyecto, después el Estudio de Impacto Ambiental y posteriormente se elije la única opción que ya figura con el proyecto redactado previamente.

Con fecha 5 de abril del 2006, ASDEN presenta ante la Junta de Castilla y León alegaciones al Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de la carretera de Caracena a Valderromán (Soria) (BOC y L de 1-3-06).

 

            Las alternativas que no presentan consideramos que van encaminadas a justificar la previamente elegida, ya que de las 8 “propuestas”, la 2.1 ya contaba con un proyecto completamente elaborado por el Ingeniero de Caminos Daniel Herrero Anuncibay y Nemesio Gil García (Ingeniero de la Diputación Provincial de Soria) como director del proyecto (ver plano 1 que se adjunta, integrante con otros varios planos, del proyecto indicado y que por no ser imprescindibles no se aportan en su integridad con este escrito). Este proyecto está fechado en octubre de 2005 (6 meses antes de la presentación del EIA). La lógica indica que ningún proyecto se elabora mientras no se conozca la opción elegida y esta no se ha conocido, en el presente caso, hasta el 12-2-07 (BOCYL).

 

            El pueblo de Caracena está propuesto como Conjunto Histórico-Artístico a través de un proyecto LIFE. La delimitación va desde el puente medieval al norte del casco urbano hasta el castillo al sur y su delimitación tanto al este como al oeste está definida por los barrancos (ver Documento 1). Para mayor información consultar www.fundaciontiermes.com.

 

Análisis de las Alternativas (BOCYL 12-2-07)

 

Ver planos 2, 3, 4 y 5 que se adjuntan.

 

1.1.-    La rechaza sin ningún análisis.

           

1.2.-    Circunvala el casco urbano y el castillo, cruzando un barranco mediante un viaducto de 65 metros de alto. (Plano 5)

                                   Asciende al páramo por encima del pueblo donde se encuentra el castillo. Circunvalar el castillo supone o la demolición de parte de este o un tramo de muralla, posiblemente de origen árabe dado que entre estos, cierran el paso entre los dos barrancos con fuertes cortados que de manera natural defienden esta zona de un posible ataque enemigo. O bien bordear el castillo por el barranco, con un muy fuerte impacto sobre este (monumento nacional desde 1947) con el viaducto de 65 metros.

                                   Discurre dentro del LIC (plano 5)

 

1.3.-    Similar a la anterior, atravesando el barranco más al sur con un desnivel de 35 metros.

                                   Las objeciones son las mismas que en el caso anterior.

                                   Discurre dentro del LIC (plano 5)

 

2.1.-    Opción elegida por la Junta de Castilla y León.

Indica que discurre por un camino existente. Este camino está abandonado hace muchos años, siendo un estrecho sendero al estar sometido a fuertes erosiones. En un punto determinado a unos 2,5 Km. de Caracena (paraje Navacillas) el único paso es sobre un risco fuertemente erosionado que solo puede superarse a pie, inaccesible para ningún tipo de vehiculo a cuatro ruedas.

                                   Atraviesa espacios protegidos. (plano 5)

 

2.2.-    En su tramo inicial desde Caracena, básicamente coincide con el anterior hasta (Navacillas). De aquí, asciende al borde del barranco, agudizando el impacto sobre el castillo y el barranco, con fauna protegida como buitre leonado, alimoche,.. Así mismo, cruza espacios de la Red Natura 2000. (plano 5)

 

3.1.-    Aprovechando un camino existente. Este antiguo camino, en mal estado, va por la ladera que hay frente a Caracena, teniendo que salvar un desnivel de más 80 metros.

Zona esteparia y con suelo fuertemente erosionado.

                                   Al llegar a Hoz de Arriba se encuentra con otro barranco de unos 41 metros de desnivel.

                                   Muy fuerte impacto visual desde Caracena y Hoz de Arriba, así como una muy costosa infraestructura para salvar ambos desniveles.

                                   Atraviesa el LIC (plano 5)

 

3.2.-    Consideraciones similares a las antes mencionadas.

                        Atraviesa el LIC (plano 5)

 

3.3.-    Consideraciones similares a las antes mencionadas.

            Atraviesa el LIC (plano 5)

 

            La nueva carretera, como el EIA expone claramente, va a atravesar el LIC Encinares de Tiermes (plano 4), al lado de algunos de los mejores exponentes de encinas presentes en la provincia de Soria. Además, en su conjunto, atraviesa terrenos de la IBA (Área Importante para las Aves) 079 Tiermes-Caracena, que en un estudio inédito realizado para el Life Tiermes por la Sociedad Española de Ornitología en el año 2005, es propuesto, de una manera inexcusable como futura ZEPA por sus valores ornitológicos, especialmente por la presencia de la amenazadísima especie Alondra Ricotí (Chersophilus duponti). Por todo ello, pensamos, que las valoraciones que se hacen sobre las diferentes posibilidades en cuanto a trazados y su posible impacto sobre el medio ambiente no han sabido reflejar este impacto global y deben descartarse de plano.

            Se ha elaborado un “Inventario de Hábitats, flora y fauna vertebrada, diagnóstico y directrices de conservación en el valle de Tiermes-Caracena (Soria)” con fondos europeos en base a un proyecto LIFE, confeccionado pro SEO/Bird Life.

 

 

 

            Este estudio analiza la fauna especialmente sensible en el entorno de la pretendida carretera Caracena-Valderromán, obteniendo el siguiente cuadro:

 

 

Libro Rojo

Directiva Hábitat

CNA

REPTILES

 

 

 

Culebras lisa Europea

LC

IV

IE

MAMÍFEROS

 

 

 

Murciélago grande de herradura

LC

II,IV

IE

Murciélago pequeño de herradura

VU

II,IV

IE

Murciélago ratonero grande

LC

II,IV

IE

Murciélago enano

 

IV

IE

Orejudo gris

 

IV

IE

Murciélago de cueva

LC

II,IV

IE

Gato montés europeo

VU

IV

IE


 

Libro Rojo: EN= en peligro, VU= vulnerable, NT= amenazado, LC= preocupación menor. CNA (Catálogo Nacional de Especies Amenazadas): IE= interés especial.

            Masa arbórea “Encinares de Tiermes”:

-         Sabinares de páramo: sabinares endémicos mediterráneos.

     Este hábitat se encuentra incluido en el anexo I de la Directiva 92/CEE

     con el código 9.561, calificado como prioritario.

-         Encinares basófilos supramediterráneos:

            Abundan pies corpulentos y longevos. Aquí están las mejores representaciones de encinas de la provincia. Este hábitat se encuentra incluido en el Anexo I de la Directiva 92/43CEE, aunque no como prioritario.

 

ALTERNATIVAS PROPUESTAS

 

ASDEN, en su escrito de 5-4-2006, considera que realmente hay tres alternativas. ( ver plano 3)

                                                                                                                                 A.- Valderromán – Caracena.

B.- Fresno de Caracena-Quintanas Rubias de Arriba-Montejo de Tiermes.    C.- Caracena-Hoz de Arriba-Carrascosa de Arriba.

            En éste, hacíamos una evaluación de la afección a cada una de estas tres opciones.

 

Grado de afección:

 

 


 

“A”

“B”

“C”

1.-Red Natura

Si

No

Si

2.- Sabinares de Páramo

Si

No

No

3.- Encinares basófilos supramediterráneos

aclarados    

Si

No

Si

4.- Encinares basófilos supramediterráneos

No

No

No

5.- Valoración teselas

Excepcional

Notable

Excepcional

6.- Hábitat Anexo I (Directiva 92/43/CEE)

Prioritario

No

Prioritario

7.- Lugares de interés para los anfibios

No

No

Si

8.- Lugares de interés para los reptiles

Si

No

Si

9.- Lugares de interés para los mamíferos

Si

Si

Si

10.- Nidos de buitres leonados

No

No

Si

11.- Nidos alimoches

No

No

Si

12.- Nidos de búho real

No

No

Si

 

Este cuadro se ha elaborado a partir de los datos que figuran en el mencionado “Inventario de Hábitats”.

En base a estos datos se deduce que la carretera de Fresno de Caracena a Montejo de Tiermes (B) es la que, con mucha diferencia, produce un menor impacto sobre el medio natural.

El impacto ambiental de cualquier de las otras dos (A, C) se vería agravado por:

 

- Los Vertidos de herbicidas que habitualmente se producen en las cunetas de las carreteras para suprimir la vegetación como medida preventiva, entre otras, contra los posibles incendios.

- Dada la densidad arbórea y la abundancia de fauna, será frecuente el

 impacto de vehículos contra ésta.

 

Las IBA (Important Bird Areas) identifican aquellos lugares que merecen ser ZEPA porque cumplen los requisitos para ser designados, pero que ni han sido comunicadas ni declaradas (aún habiendo sido reconocidas por el TJCE como si fueran ZEPA). El inventario de IBA de la Seo/Bird Life es utilizado como documento de trabajo por parte de la Comisión Europea e incluso se ha dotado de valor probatorio en los datos aportados al TJCE. La jurisprudencia les otorga tratamiento de ZEPA (Sentencia del TJCE de 2-8-1993, en el caso C-335/91, la Comisión de las Comunidades Europeas Vs. Reino de España). Incluso hay jurisprudencia que otorga a las IBA un tratamiento más restrictivo que a las ZEPA (asunto C-374/98). Existiendo sobre este tema cerca de 50 sentencias (www.curia.europa.eu).

Como la Comisión ha podido observar, el “formulario normalizado de datos del LIC”, refleja esta carretera como posible peligro para este (punto 4.3- Vulnerabilidad), lo que no ocurre si se opta por la alternativa “B”.

 

Ventajas de la alternativa seleccionada (B):

 

Medioambiental: mantiene la conservación y evita la fragmentación de la masa      singular del Encinar de Valderromán y sus entornos con regeneración de jóvenes sabinas y encinas, preservando el LIC.

Discurre por una pista de zahorra compactada de 8 m de ancho, (señalada con flechas rojas en los planos 6 y 7), recientemente arreglada y en muy buenas condiciones, con drenajes alcantarillas y cunetas (ver planos 6, 7 y 8 que se adjunta) por áreas de cultivo de cereal,  completamente despejadas de vegetación. El proyecto fechado en octubre de 2005 y reseñado al principio de este escrito (plano 1) fija una anchura de calzada de 6 metros más cunetas.

            Consideramos que no es necesario abrir nuevos viarios en una comarca que pensamos está bien comunicada y que ahora mismo sus principales ejes de comunicación están acabados y otros se están terminando.

 

Económica: Implica además una gran ventaja en los costos económicos ya que no hay que hacer proyecto ni obra alguna puesto que lo único que hay que hacer es echar la capa de asfalto y poco más

            No atraviesa ningún “barranco”, lo que supone un notable ahorro económico y una reducción importante en el impacto ambiental.

 

Sanitaria: En caso de urgencia médica los municipios de (ver plano 2)

 

-         Montejo de Tiermes

-         Pedro

-         Quintanas Rubias de Abajo

-         Quintanas Rubias de Arriba

-         Hoz de Arriba

-         Hoz de Abajo

-         Liceras

-         Noviales

 

Tendrían una salida rápida hacia el Burgo de Osma, donde se ha anunciado la pronta iniciación de las obras de un hospital comarcal con un número importante de camas, evitando el desplazamiento hasta el hospital de Soria.

El tramo San Esteban de Gomaz a Burgo de Osma es un carretera Nacional con un proyecto en tramitación para convertirla en autovía  (ver plano 2).

El tramo San Esteban – Montejo de Tiermes está dentro de un plan de mejoras viarias. El tramo norte (aproximadamente el 50% del trazado) ya está finalizado y en servicio, permitiendo mantener una velocidad de 100 Km. /h. sin ningún problema, y en la mayoría, podría ser muy superior si la ley lo permitiera, que es el caso de ambulancias, bomberos y cuerpos de seguridad.

Esta carretera tiene un acceso con los pueblos de Hoz de Arriba y Hoz de Abajo, y crea un eje de comunicación directa entre estos pueblos y Fresno de Caracena, Gormaz, Berlanga y Fuentepinilla.

En la alternativa elegida en el EIA una vez llegan al páramo que circunda Caracena, atraviesa terrenos con campos agrícolas y con vegetación natural, hábitats de especies de aves singulares como la Alondra Ricotí y la Ganga Ortega (Pterocles Orientalis), ésta última especie no singularizada en el EIA. Para la alondra se habla de una pareja afectada pero son más parejas y tampoco se ha valorado las posibles consecuencias que conlleva el futuro acceso, más o menos masivo de gente a la zona y sus impactos. Dado que, en especial, la primera especie se encuentra en un estado de  conservación muy negativo – En peligro según la última revisión del Libro Rojo- cualquier actuación en los hábitats donde viva que restrinja el hábitat disponible como es el caso debería evitarse tal y como recoge en sus recomendaciones el Libro Rojo sobre las Aves de España.

 

POBLACIÓN

 

Hay una tendencia creciente al abandono de los núcleos rurales de esta zona, debido a problemas de ancianidad y a que la gente joven desplaza su residencia a cabeceras de comarca, como son San Esteban de Gormaz y el Burgo de Osma, sobre todo las parejas con hijos pequeños con el objeto de no separarse de ellos al carecer de escuelas en los pueblos pequeños.

La densidad de población de la comarca Caracena-Montejo está entorno a 1,5 ha/km2          , con una práctica ausencia de paro y graves problemas para encontrar mano de obra, tanto cualificada cono no.

En base al censo de población del año 2005, podemos indicar que el municipio de Caracena figura con 19 habitantes y el de Montejo de Tiermes con 245, repartidos, en este caso, entre 12 núcleos de población.

Esto ha acarreado el cierre de escuelas, desaparición de establecimientos comerciales, desaparición de transporte público, servicios postales, sanitarios, etc.…

 

TURISMO

 

            Éste demanda una serie de servicios específicos como es el ecoturismo basado en los espacios perfectamente conservados, turismo deportivo (senderismo, equitación…) cultural, alojamientos, restaurantes, caza, pesca…

            No debemos olvidar un factor muy buscado y pocas veces reconocido como es la tranquilidad y sosiego, máxime considerando que el mayor aporte de visitantes tiene su origen en Madrid (45%).

            Estamos en una zona de cañones como los de Caracena o Torrevicente, hocinos, vallejos  y paredes rocosas con sorprendentes gamas de colores, ricas colonias de aves y encinares centenarios, sin olvidar los recursos micológicos.

           

CONSIDERACIONES EN FUNCION DE LA DIRECTIVA 92/43/CEE DE HABITATS

 

 

            Los apartados 2, 3 y 4 del artículo 6 son aplicables desde que un espacio se ha declarado LIC, para evitar su deterioro y velar por que no se pongan en peligro los objetivos de la directiva.

            En el punto 1 de este mismo artículo habla de “conservación”, lo que supone una obligación en cuanto al resultado que debe conseguirse.

 

            El  artículo 1 obliga a tener en cuenta todas las influencias del entorno que actúan sobre el hábitat y especies, como pueden ser en este caso los ruidos de los vehículos, el trafico, la fragmentación del territorio, accidentes, atropellos de fauna, así como las exigencias ecológicas requeridas en el artículo 6.1, contemplada esta en un sentido amplio.

 

            El artículo 6.2 habla de “medidas apropiadas para evitar… el deterioro”. Este concepto va más allá de las simples medidas de gestión, ya cubiertas por el apartado 1 de este artículo. Está indicando un claro carácter preventivo de las medidas que deben adaptarse para evitar daños no previsto y de muy difícil solución después de ejecutada la obra, por tratarse de uno de los objetivos fundamentales de esta Directiva. No es necesario demostrar que hay un efecto real apreciable, sino que basta con que haya una probabilidad para justificar la adopción de medidas correctivas o rechazo del proyecto propuesto.

 

            El artículo 4.4 plantea el deterioro del hábitat como consecuencia de actuaciones no acordes con el principio de prevención. Cualquier empeoramiento de los factores necesarios para el mantenimiento a largo plazo de los hábitats debe considerarse deterioro.

 

            El artículo 6.3 contempla la “integridad del lugar”, vinculándolo a los objetivos de conservación de dicho lugar. Es inadmisible justificar la destrucción de parte de un lugar alegando que el estado de conservación de los tipos de hábitats y especies presentes van a seguir, de todos modos, siendo favorable.

 

            El artículo 6.3 contempla la “adecuada evaluación”, entendiendo por tal una buena documentación, razonada y con alternativas viables y adecuadas a priori. Si no cumple con estos principios consideramos que no se está adaptando a los requerimientos de la Directiva.

 

CONCLUSIONES

 

            En el apartado “Alternativas propuestas” de este escrito, queda patente que hay dos opciones (A y C) claramente inadmisibles y una tercera (B) asumible por todo lo indicado anteriormente.

            De acuerdo con el artículo 6.3 de la Directiva ) 92/43/CEE de Hábitats, debería resolverse la Evaluación de Impacto de manera negativa a la vista de las propuestas hechas a través del BOCyL de fecha 1-3-2006, pues queda patente que hay alternativa viable (B).

            El artículo mencionado indica que la “Evaluación” solo se declarará de acuerdo tras haberse asegurado de que no causará perjuicio a la integridad del lugar.

            Solo sería aceptable si estuviera incluida en los principios de “razones imperiosas de interés público de primer orden, seguridad pública o salud humana”, que no es el caso que nos ocupa.

            Queda patente a nuestro juicio, y con todo respeto, la escasa profundidad con que se ha analizado este, asunto con datos apenas contrastados, obtenidos únicamente de la Junta de Castilla y León, que son evidentemente interesados desde el punto de vista político, y que responden a intereses economicistas y no medioambientales, como ahora veremos, y sobre los que la propia Comisión debe de nuevo reflexionar, a tenor de esta contestación. En este sentido les instamos a que se dirijan a otras instituciones o responsables que han participado en el proyecto LIFE, y que consideran que hacer pasar una carretera por el epicentro del encinar es un disparate, que solo responde a intereses especulativos. Diríjanse al director del proyecto, de la parte de naturaleza, don Arturo Aldecoa, con quien nada se ha consultado, como así afirma el mismo y cuyo punto de vista no se ha tenido en cuenta. También a ASDEN (Asociación para la Defensa y Estudio de la Naturaleza de Soria [Ecologistas en Acción]), Asociación la Encina (Carlos Pérez Montoya) con sede en la misma Comarca, y que al igual que otros compañeros y amigos llevamos varios años de manera denodada, tratando de que este proyecto no salga adelante, con la alternativa 2.1 reseñada en el EIA (BOCyL del 12-2-07)o a otros partidos políticos de la oposición cuya postura rechaza igualmente este proyecto, argumentando en la misma línea.

           

Conviene precisar que se trata de un lugar de interés comunitario LIC ES.4170142 “Encinar de Tiermes”, además de un extraordinario sabinar, entre otras especies. Esta consideración de estatus muy sensible, por si sola, ya debería de crear alarma. Pero además, se debe de tener muy en cuenta el daño que causaría a una de las colonias europeas de Alondra Dupont (Chersophilus Duponti).

 

Sorprende en este sentido la falta de interés hacia la riqueza de flora y fauna de esta zona y la ligereza con que se rechaza la posible declaración de ZEPA para la Comarca. Es evidente que ahora tras el reciente estudio que supone el Proyecto LIFE y la importancia de los nuevos hallazgos en flora y en fauna, la Comisión debería de replantearse este asunto; pues la Comarca no esta exenta de proyectos especulativos, como es este de la carretera, o el de la macroplantación de aerogeneradores que desde su instalación hace algunos años y recientemente, han afectado de manera irreversible a nuestra sierra, con zonas de la misma declaradas LIC, y reconocida por la administración de Castilla -La Mancha (Guadalajara) como de un alto valor medioambiental en todas sus facetas. Dicha urbanización de toda su orografía, está teniendo como consecuencia, además de un importante impacto paisajístico, una grave afección a la ciudad celtiberomana de Tiermes y una alta mortandad de Buitre Leonado entre otras rapaces. Responsable de todo ello IBERDROLA como empresa y los Gobiernos Regionales de Castilla y León y Castilla - La Mancha, que como responsables políticos han autorizado este disparate -la sierra es límite entre Soria y Guadalajara-. Asunto que pedimos desde aquí se investigue. En definitiva proyectos que están afectando muy seriamente a todo este excepcional Patrimonio natural y arqueológico. Todos estos factores de riesgo y de hechos constatados, consideramos que son lo suficientemente importantes como para que se reconsidere la afirmación anterior de la Comisión y se estudie la declaración de ZEPA. Recomendación avalada por una autoridad máxima como es la SEO-Birlife, y respaldada por los grupos ecologistas y de carácter cultural, entre ellos nuestra Asociación la Encina, y la A sociación Ecologista para la Defensa de la Naturaleza de Soria (ASDEN). Además de la oposición de vecinos, de los responsables del Proyecto LIFE y de amigos pertenecientes a entidades universitarias, entre los mas destacados.

 La propia normativa europea hace especial hincapié en la protección del Patrimonio Natural, además de los valores paisajísticos, algo que nuestra comarca cumple prácticamente en su totalidad, con unas panorámicas excepcionales.

Defendemos una propuesta que armoniza los intereses medioambientales con los sociales y desde luego colectivos, que contemplan un uso y aprovechamiento de los recursos culturales de manera sostenible, mas beneficiosos globalmente para los intereses generales de la Comarca de Tiermes-Caracena. Entre otros es que el trazado que nosotros proponemos comienza en Montejo de Tiermes, el corazón de la Comarca que permitiría una afluencia y reparto mas equilibrado de los recursos a todos los puntos de la misma. Además sacaríamos del aislamiento a la localidad de Quintanas Rubias de Arriba, cuyo alcalde está de acuerdo con nuestra propuesta. Por tanto más justa desde el punto de vista social y económica.

Es incorrecto, que "Las autoridades españolas indicaron que no se dispuso del informe hasta después de haberse hecho público el estudio de impacto ambiental, pero que en todo caso la información se habría tenido en cuenta porque en el estudio de impacto ambiental y en el informe del proyecto LIFE participaron los mismos autores".

En lo relativo a que no dispusieron del informe, hemos de decir que a tenor de la consulta realizada al director de la parte de Naturaleza don Arturo Aldecoa, es rigurosamente falso, pues el mismo, fue realizando sucesivos y periódicos informes con sus entregas correspondientes, para los responsables de la administración provincial y regional, poniendo así de manifiesto la importancia de los hallazgos y la necesidad de su protección. Y en este punto la Comisión Europea, se fió de la contestación interesada y parcial de la Junta sin llegar a contrastar adecuadamente este punto. Insistimos en ello, esto es rotundamente falso como así lo pueden constatar dirigiéndose al director de la parte de naturaleza, que nos ha insistido en este aspecto, pues su recomendación desestimaba la realización de esta carretera o de otros similares en la Comarca, por su afección negativa al entorno.

Por tanto, es evidente que la afirmación "la información se habría tenido en cuenta porque en el estudio de impacto ambiental y en el informe del proyecto LIFE participaron los mismos autores", se cae de manera estrepitosa, pues no participaron las mismas personas, ni tampoco mantenían el mismo punto de vista. Esta afirmación nos parece bochornosa, al utilizar como pantalla a otras personas que disienten profundamente de estas conclusiones maniqueas e interesadas.

Finalmente es evidente que ante esta contestación por nuestra parte, con una detallada y rigurosa información que pone en evidencia las afirmaciones de la administración regional, la Comisión no puede mirar para otra parte, y desde luego decir que "no tiene pruebas suficientes para poner en duda la declaración de impacto ambiental en lo que respecta al carácter significativo de los efectos del proyecto sobre los hábitats...." y menos todavía que "no puede concluir que no se esté aplicando de forma correcta lo dispuesto en la Directiva sobre hábitats".

En lo que concierne al punto en el que se dice que, "Dada la magnitud del proyecto y la superficie de hábitats afectada en proporción con su representatividad en el lugar, las autoridades españolas concluyen que el impacto sobre la integridad del lugar no puede considerarse significativo. Además, se han estudiado varias medidas de mitigación para minimizar los efectos sobre el lugar y los hábitats"; hemos de decir que nos resulta inaceptable. En cuanto a que "no resulta significativo", el trazado de la carretera, es evidente que la administración regional, como hemos señalado anteriormente, parte de una posición interesada y de una absoluta irresponsabilidad

 

Es de considerar el significativo impacto que tendría una carretera con afluencia continua de tráfico, que rompe y parte en dos un ecosistema hasta ahora intacto, con el consiguiente riesgo para la fauna y la flora. Es evidente que la mitigación de la que habla la Junta en semejante contexto es del todo ridícula.

Por todo ello, solicitamos que se reconsideren las resoluciones tomadas en cuanto a la opción elegida.

 

                                                           Soria, 17 de noviembre de 2008